Ante la magnitud del problema, que fue ninguneado por la administración central, todas las comunidades autónomas van legislando e intentando controlar el alquiler vacacional. Castilla La Mancha acaba de aprobar un decreto que prevé sanciones para todos aquellos propietarios que no registren la licencia de alta de inicio de actividad en el Registro regional de Empresas Turísticas. Esta dejación será considerada falta grave y podrá ser sancionada con  multas que van de los 6.011 a los 60.010 euros, la suspensión del servicio o la clausura de hasta tres años.

Así lo explicó la consejera de Economía, Empresas y Empleo, Patricia Franco,  añadiendo que las viviendas de uso turístico tendrán un año desde la entrada en vigor de este decreto para regularizar su situación y registrarse declarando el inicio de su actividad, mientras que los apartamentos turísticos tendrán un plazo de dos años. De esta manera espera tener un registro con más de 1.200 viviendas al finalizar este año.

También  puso especial énfasis la consejera en señalar que los apartamentos turísticos que quieran darse de alta como tales, deberán contar con instalaciones, equipamiento y servicios adecuados a la contraprestación económica que soliciten. Los apartamentos turísticos cuentan con un mínimo de dos unidades de alojamiento.

Con éste decreto, Castilla la Mancha cubre el vacío legal existente desde el 2010, con la supresión de la normativa estatal que regulaba sobre viviendas de uso turístico y la asunción de las competencias por parte de las autonomías.

Se establecen de esta forma cuatro categorías en los apartamentos turísticos de 1, 2, 3 y 4 llaves, lo que hace, por ejemplo, que se exija wifi como requisito mínimo necesario para alcanzar los estándares de calidad en todos los apartamentos turísticos con excepción del de una llave o que la climatización también sea obligatoria en todos menos en los de una llave.

Los apartamentos turísticos en Castilla-La Mancha representan en la actualidad el 18% de toda la oferta turística con la que cuenta la región. Ya hay más de 600 inscritos en el Registro Regional de Empresas Turísticas  queofrecen cerca de 6.000 plazas.

El decreto regula también las denominadas viviendas turísticas, es decir, un piso o casa amueblada que se dedica al alquiler turístico a cambio de un precio.  Estas viviendas deberán cumplir con la normativa de medio ambiente, construcción, accesibilidad, seguridad, insonorización, sanidad, registro de viajeros, prevención de incendios o propiedad horizontal, y serán de uso turístico exclusivo. Al igual que los apartamentos turísticos, las viviendas deberán mostrar una placa identificativa visible para los vecinos de la comunidad. La región, según las principales páginas comercializadoras de viviendas de uso turístico, cuenta con alrededor de 2.000 establecimientos de estas características que ofrecen alrededor de 15.000 plazas.

Los apartamentos turísticos suponen una actividad económica y deben tributar el IVA y aquellos impuestos inherentes de la actividad que se está practicando. Por su parte, las viviendas de uso turístico se encuentran exentas de IVA pero las rentas deberán ser declaradas como rendimiento de capital inmobiliario en la declaración del IRPF, salvo en algunos casos donde deberán tributar como el resto de alojamientos turísticos

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