El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado en un nuevo recurso la sentencia que anula las retribuciones que Enagás percibió en 2016 por la plataforma de almacenamiento de gas Castor.

La sentencia, según ha informado el diario El País, estima el recurso presentado por la patronal catalana Cecot y obliga a devolver los más de cien millones de euros que Enagás recibió en el año 2016. De ellos, 15,7 millones corresponden al mantenimiento de la instalación, que permanece cerrada y nunca llegó a inaugurarse. Otros 80 millones pertenecen a la factura anual por la inversión de Castor, en total unos 1,350 millones de euros, y otros 4,5 se pagaron a la antigua propietaria del almacén, Escal EGS, por los gastos de mantenimiento generados.

La sentencia del Supremo recuerda dos fallos previos en el mismo sentido. Un recurso de Cecot por los pagos de 2015, que también ganó la patronal catalana; y otro que daba la razón a la Generalitat de Catalunya en su petición de anular las retribuciones de 2016. Según la nueva resolución del TS, la Administración deberá adoptar «las medidas procedentes para proceder al reintegro de las cantidades abonadas«.

Con este último fallo se produce una nueva anulación de una de las órdenes ministeriales que aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy relativas al pago de los gastos de Castor. En 2017, el Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales y nulos varios artículos que se referían a estos costes por el modo en que se ordenó que fueran retribuidos. El anterior Ejecutivo había recurrido a la fórmula del decreto-ley y el TC dictaminó que no debió hacerse de esta forma ya que no se daba una situación de «extraordinaria y urgente necesidad«.

Hasta el momento, Enagás no ha cobrado la factura de los años 2017 y 2018 y, tras esta sentencia, tendrá que devolver las de 2015 y 2016. El dinero público no tiene porqué asegurar los negocios de las empresas privadas que no comparten sus beneficios cuando los hay.