Que la Justicia es España es un cachondeo es algo ya sabido y fue Pedro Pacheco, alcalde Jerez, quien acuñó la frase cuando llegó la decisión judicial de suspender el derribo del chalé de Bertin Osborne que había decretado su consistorio. Desde 1985 han pasado ya muchos años, pero la Justicia en nuestro país y sobre todo en sus instancias superiores ha seguido enfangándose con decisiones arbitrarias que tienen poco de justas. Decisiones que llegan al absurdo cuando se trata del Tribunal Supremo y su decidida cruzada a favor de los beneficios de las entidades financieras.
Y si ya en 1985 lo percibíamos, fue a partir del 2008, con la crisis inmobiliaria y financiera, cuando tuvimos la absoluta certeza de que las decisiones de nuestra justicia y sobre todo del Tribunal Supremo, respondían a los intereses de unos banqueros que llevaron a centenares de miles de españoles a la ruina y al desahucio. De paso, y según sus propias palabras siendo casi obligados porque ellos no querían, convirtieron a la banca en el mayor propietario inmobiliario del país.
Pero la impunidad de que había disfrutado la Justicia en España, siendo intocable y estando por encima de toda crítica, había llegado a su fin cuando el 1 de enero de 1986 nuestro país entró a formar parte de la Unión Europea. Y debía aceptar sus leyes y ordenamiento jurídico. Fue el principio del fin para nuestra justicia decimonónica de togas, birretes y puñetas. Pero ellos aún no lo sabían y, lo que es peor, nosotros tampoco.
Y a partir del 2010, con centenares de miles de desahucios y deudores de por vida por unos contratos hipotecarios abusivos y unas leyes injustas, el Tribunal Supremo y otras instancias judiciales fueron perdiendo el poco respeto que ya se merecían. Abogados valientes aprendieron el camino de Luxemburgo y denunciaron ante las instancias europeas el nulo sometimiento de la legislación española a las directivas europeas.
El camino ha sido largo y la caduca estructura judicial española, con apoyos de los que mejor no hablamos, porque como acaban de decir hace unos días vivimos una democracia limitada, continúa resistiéndose a aceptar que su mandato ya no es omnímodo y han convertido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su peor pesadilla.
A lo largo de estos cinco últimos años se han ido consiguiendo logros imposibles de imaginar en otros tiempos. Y de paso el Tribunal Supremo ha ido cayendo en los ridículos más ignominiosos.
La resolución por el IRPH acorrala al Supremo
Hay en estos momentos dos importantes luchas abiertas, el índice IRPH y la cláusula de vencimiento anticipado. Y ambas dos está suponiendo que nuestro Alto Tribunal y sus Audiencias Provinciales –porque actúan en muchos casos como sus correas de trasmisión, sin voz propia- se estén metiendo, ya lo han hecho, en un problema legal y de credibilidad europea del que les va a resultar imposible salir con dignidad, aunque al parecer les importa bien poco.
Tras las resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo (TS) el pasado 12 de noviembre sobre la falta de transparencia y abusividad de la cláusula del tipo de interés IRPH, con las sentencias número 595, 596, 597 y 598, el vaso se ha desbordado. Y así, sin ya miedo ni respeto, asociaciones de consumidores y bufetes de abogados están rodeando al Supremo y denunciando ante Europa unos hechos que, justo es decirlo, avergüenzan.
El problema del IRPH no se ha zanjado ni de lejos. Cada día parece más claro que el Supremo tan sólo ha retrasado al año próximo su solución definitiva, para beneficio de la Banca que podrá tener mejores resultados e incertidumbre y agobio para los afectados, que aún no saben a qué atenerse. Aunque ya constatamos que mientras se mantenga la actual estructura judicial, los intereses de la banca prevalecerán sobre los de los consumidores. Y esto es lo que ha denunciado el Bufete Arriaga ante Europa.
La noticia de hace unas semanas fue que la Dirección General de Justicia y Consumidores de la Comisión Europea admitía a trámite la denuncia de Arriaga Asociados contra el Estado español. En la misma, Arriaga denuncia el «incumplimiento» de la normativa europea en materia de defensa de los consumidores y usuarios, tras las resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo (TS) el pasado 12 de noviembre sobre la falta de transparencia y abusividad de la cláusula del tipo de interés IRPH.
En la denuncia, presentada el pasado 27 de noviembre, Arriaga Asociados expone que el Supremo determina que la falta de transparencia de la cláusula IRPH ante el incumplimiento de la obligación de las entidades bancarias de entregar la evolución pasada del índice no implica que dicha cláusula sea abusiva. Lo que va en contra de la jurisprudencia y doctrina de la Unión Europea.
Pero Arriaga no es el único al que la pertinaz labor del Tribunal Supremo a favor de la banca y su ninguneo a las directivas europeas ha animado a tomar el camino de Europa.
La Asociación de Usuarios Financieros, ASUFIN, ha denunciado ante las instituciones europeas al Reino de España y, en concreto, al Tribunal Supremo por la reiterada y sistemática vulneración de la Directiva europea 93/13/CEE que protege a los consumidores frente a las cláusulas abusivas en los contratos. El escrito cuenta con el apoyo de 68 juristas y economistas expertos en Derecho de los consumidores y 16 organizaciones de Croacia, España, Eslovenia, Hungría, Islandia, Italia, Polonia, Rumanía y Ucrania. La denuncia de ASUFIN, que podría derivar en un procedimiento sancionador para nuestro país, intenta conseguir que el TJUE obligue al Supremo a revisar toda su doctrina.
La asociación pide “condenar al Reino de España a regular el principio de transparencia, su contenido y alcance en la contratación, en especial con consumidores”, siguiendo así las exigencias de la directiva europea. A suprimir de manera definitiva el índice de referencia IRPH, tanto de cajas como de entidades, dejando estos préstamos sin interés conforme admite el sistema legal español y a eliminar asimismo los obstáculos y limitaciones existen en materia de acciones colectivas.
Y ahora el vencimiento anticipado
Pero no conforme con el capotazo de 40.000 millones a la banca, que significa dificultar o impedir que los usuarios afectados puedan recuperar el dinero estafado con al índice IRPH, nuestro Tribunal Supremo se metió en un nuevo jardín con la cláusula de vencimiento anticipado. Y ahora están llegando las consecuencias.
Todo comenzó cuando la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo resolvió en su sentencia, 463/2019 de 11 de septiembre, rechazar el sobreseimiento automático del procedimiento de ejecución hipotecaria para permitir la sustitución de la cláusula abusiva por otra, a fin de que las ejecuciones hipotecarias pudieran continuar y garantizar así que las entidades ejecutantes se hicieran con las viviendas de los ejecutados.
En concreto la sustituyen por la disposición legal que regula el vencimiento anticipado en la nueva Ley de Crédito Inmobiliario, la que fija que se puede subastar la garantía- vivienda- con al menos 12 pagos pendientes. Lo que tiene poco que ver con la defensa de los consumidores –así lo vendieron algunos medios afines- y todo con la defensa a ultranza del negocio bancario y sus beneficios. Y es que los contratos hipotecarios antiguos tenían incluida la cláusula abusiva de vencimiento anticipado por impago de una cuota.
Sin embargo, intentando salvar los muebles y hasta el piano, la Ley 1/2013 modificó la ley procesal y permitía ejecutar al banco por 3 cuotas impagadas. Lo que contraviene las resoluciones del TJUE que a lo largo de diversas resoluciones judiciales ha establecido que para valorar la abusividad de la cláusula hay que estar a lo que dice el contrato y no a la práctica que se haya hecho de ella. En la Sentencia de 26 de marzo, el TJUE considera que los jueces deben valorar la esencialidad de la cláusula, y si llegan a la conclusión que puede existir el contrato sin el vencimiento anticipado no pueden sustituir la cláusula por ninguna otra.
Además, el Supremo ignora el mandato del TJUE, con fecha 3 de octubre de 2019 de preguntar al consumidor afectado si quiere seguir vinculado o no a la cláusula de vencimiento anticipado en cualquiera de sus versiones, pese a saber las consecuencias que se derivarían de ella en el procedimiento de ejecución hipotecaria, que es nada menos que permitir que el banco se quede con su casa de la manera más rápida y cómoda posible. Es el consumidor quien ha de decidir si opta entre nulidad del contrato o su integración.
Nuestro admirado Supremo, toma de la jurisprudencia europea sólo lo que interesa para justificar la decisión esperada por los bancos de consagrar el vencimiento anticipado y la ejecución hipotecaria. La sentencia está enfocada al prestamista desde sus intereses, en cómo puede cobrar éste los préstamos morosos y no en la protección del consumidor.
La sorpresa ha llegado desde la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona en la sentencia 2848/2020, de 28 de diciembre, en la que asegura que el contrato no puede anularse, como pedían unos consumidores frente a UCI, porque el vencimiento anticipado no es esencial para ese préstamo hipotecario, lo que contradice al Supremo que estimó todo lo contrario al considerar que esa cláusula resultaba ser un elemento esencial del contrato y, en consecuencia, su expulsión del mismo suponía su íntegra nulidad. Al parecer la esencialidad o no de la cláusula de vencimiento anticipado depende del interés que tenga la entidad financiera en cada caso. ¡Justicia a la española! Oigan.
Tras años de parcialidad y favoritismo hacia los poderosos, el Tribunal Supremo y otras altas instancias judiciales de nuestro país han terminado por convencernos que son uno de los límites a nuestra democracia. Que la Justicia y sus leyes, que debieran protegernos de los abusos, sólo van en un sentido y que la banca y sus intereses son su única preocupación pudiendo torcer y retorcer las leyes a su conveniencia. Nuestro excelso tribunal no va a someterse voluntariamente, ni a la primera vez ni a la tercera, al principio de jerarquía de de las leyes comunitarias y su jurisprudencia. Este Supremo no va a respetar la Justicia, sino que intentará hacer su voluntad, que es la de las instituciones financieras, por encima de los derechos de los españoles a una Justicia justa.
Ya no hay vuelta atrás y su soberbia y servilismo le han llevado a un callejón sin salida donde su interpretación de las leyes le lleva a caer en el ridículo y si no fuera por sus resultados en la hilaridad. Hace falta acabar con esta situación y recuperar la dignidad que debemos tener como país democrático. La Justicia no es propiedad de unos pocos sino un pilar básico de toda nuestra sociedad y poco hacemos para recuperarla.
Eduardo Lizarraga
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