Si hay una Comunidad Autónoma que se ha posicionado claramente en contra de la estafa que ha supuesto el IRPH, ésta es Baleares. Tanto desde instancias judiciales en Baleares como desde el propio Govern, la lucha contra el índice es general. Y ahora da un paso más en su acción a favor de los consumidores e impone una sanción a una entidad bancaria por vincular la hipoteca de un consumidor a este índice. De seguir este camino podría convertirse en una «comunidad free de IRPH». Y no es que las demás no puedan hacerlo, que está en su mano,  pero es que no veo a la Comunidad de Madrid ni a Castilla León tomando partido por los afectados.

El Gobierno de las Islas, a través de la Dirección General de Consumo, ha impuesto una sanción de 22.500 euros a Cajamar por el IRPH de la hipoteca de un consumidor, lo que supone una acción pionera por parte de una administración pública. Y asegura que su intención es la de continuar tramitando las denuncias que presenten los consumidores contra la aplicación de éste índice por parte de otras entidades bancarias.

Fue el pasado viernes 29 de abril cuando la Dirección General de Consumo de las Islas Baleares, resolvió el expediente administrativo iniciado en noviembre de 2020 por falta de transparencia y abusividad en un contrato de préstamo hipotecario. La entidad bancaria había manipulado la definición del IRPH respecto a la que figura en el BOE, suprimiendo la frase de que» la media se hace con tipos TAE»  y afirmando que el IRPH es un promedio de tipos simples. Y no es esto todo, en el contrato hipotecario se remitía a un BOE anterior (8/90) y no al vigente de 1994, donde consta la advertencia que el IRPH debe comercializarse con un diferencial negativo.

Esta maniobra de Cajamar, ocultando que el índice por su concepción siempre será más caro que el Euríbor, es habitual en la contratación de préstamos hipotecarios con IRPH, que muestran en la redacción una media de tipos simples. Por ello la situación es denunciable y sancionable, como ha hecho Baleares y debieran hacer el resto de administraciones de consumo autonómicas.

Pero no es únicamente la ocultación de la realidad que se firma lo que Baleares sanciona, sino también el negarse a reparar el daño causado al consumidor. Y no se entra en la discusión de que, como asegura el Banco de España, el índice IRPH debiera llevar un diferencial negativo, es la falta de información adecuada y veraz al consumidor. Y lo dice muy claramente la resolución del Govern: «No es el daño económico sufrido por las variaciones del IRPH lo determinante para declarar la abusividad de la cláusula, sino que se cercenó el derecho del consumidor a conocer y, en consecuencia, a elegir el tipo de préstamo más adecuado para él”.

Patricia Suárez, presidenta de Asufin, asegura que «la decisión de este gobierno autonómico tendría que ser replicada por el resto de administraciones, tal y como hemos advertido desde la asociación en multitud de ocasiones», añadiendo que el «desamparo del consumidor financiero con el IRPH es palmario». Y la realidad es que ante la confusión promovida por el TS, los propios magistrados piden más explicaciones a Europa para que aclaren el alcance de abusividad de este índice, muy perjudicial para los prestatarios.