El Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra ha sentenciado el carácter abusivo y nulo de la cláusula que el contrato hipotecario del Banco de Santander  imponía al consumidor el pago de todos los gastos de formalización de la hipoteca. Resolviendo así la demanda colectiva que ADICAE interpuso frente al banco Santander.

Además la sentencia determina entre los gastos que deben restituirse a los consumidores no solo los gastos de registro y la mitad de los gastos de notaría, sino también el 100% de los gastos de tasación como los de gestoría, importes que ascienden a unos 1.100 euros de media para cada consumidor.

Junto a ello, y en aplicación de los criterios que ADICAE viene defendiendo respecto de la acción colectiva como único instrumento eficaz para afrontar abusos masivos, el juzgado ordena la devolución a los afectados, “sean adheridos a esta demanda, sus causahabientes, o los que pudiesen adherirse posteriormente, las cantidades abonadas”. De esta forma, y como muestra de la eficacia de la acción colectiva frente a abusos de carácter masivo y generalizado, la justicia evita a decenas o cientos de miles de hipotecados tener que acudir a demandas individuales, facilitándoles la recuperación de las cantidades que les corresponden simplemente sumándose a esta sentencia a través de ADICAE para solicitar la ejecución del fallo también para ellos.

De igual forma, se establece en la sentencia que también deberá devolverse las cantidades indebidamente pagadas a aquellos hipotecados cuyos préstamos no estén ya en vigor y hayan sido cancelados o finalizados, reconociendo así que los derechos de los consumidores que se hayan visto vulnerados deben restituirse aunque ya ni siquiera exista el contrato en cuestión

De esta forma, los juzgados empiezan a estimar las demandas colectivas de ADICAE tras la campaña iniciada hace unos meses por la Asociación que se tradujo en la interposición de 107 demandas colectivas por la abusividad de la imposición de los denominados “gastos hipotecarios”.

.