Las prácticas mafiosas de Wizink trascienden de la usura, pero los jueces están atendiendo las demandas de los usuarios y colocan a la entidad usuraria en su sitio, anulando sus contratos y pagando indemnizaciones. Es el caso del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Linares, que ha condenado a Wizink a indemnizar con 3.000 euros a un usuario por incluirlo en la Central de información de riesgos del Banco de España (Cirbe) por una supuesta deuda de una tarjeta revolving que estaba siendo objeto de otro procedimiento judicial por usura.

La sentencia considera que la Cirbe es un fichero de morosos, puesto que, aunque se trate de un servicio público que informa de todos los préstamos y créditos que operan las entidades financieras con sus clientes, también refleja una lista de impagados. Por lo tanto, puede vulnerar el honor de las personas incluidas en él cuando las menciones no se corresponden con la realidad, como en este caso.

Así, el Juzgado ha impuesto dicha sanción como pago por los daños morales ocasionados al hombre al ceder los datos de su tarjeta revolving pese a que el caso estaba judicializado al haber demandado a la entidad por usura.

Según indicó el demandante, la inclusión de sus datos en la Cirbe le impidió la obtención del crédito por una deuda que era «incierta» y que, tras obtener sentencia a su favor «inveraz«. Además, en el momento en que Wizink introdujo sus datos en el fichero sabía que la supuesta deuda estaba siendo objeto de otra causa judicial.

En consecuencia, decidió demandar a Wizink y solicitar 15.000 euros por los daños morales causados. Según sostuvo su defensa, ni siquiera «se comunicó la pendencia del proceso judicial por la entidad financiera a los efectos de bloquear la consulta del riesgo».

Para el letrado de la defensa, se trata de «una sentencia sin precedentes, que va a servir para que se emprendan demandas en masa por estos hechos«. Además, «los que planteen pleitos de nulidad de tarjeta revolving, plantearán también estas demandas de vulneración de su derecho al honor«.

En palabras del juez de Linares, «la deuda cuyo impago motivó la inclusión de los datos del demandante en la Cirbe estaba sometida a litigio, de manera que era incierta y, como consecuencia de ello, ni era exigible ni podía ser considerada vencida». Además, «puesto que la demanda fue estimada, anulándose la relación contractual, queda en evidencia que se trataba de una deuda inveraz». Asimismo, y considerando la base de datos del Banco de España como un fichero de morosos,«la mención en la Cirbe del demandante con base en un dato inexacto supone una intromisión ilegítima en su derecho al honor imputable a Wizink».