El Gobierno del Partido Popular sigue realizando los máximos esfuerzos posibles para que los bancos no pierdan dinero con el ladrillo, todo ello a pesar de que en el lado opuesto de la balanza están los ciudadanos…y no es un sarcasmo. Así, el Consejo de Ministros ha aprobado recurrir ante el Tribunal Constitucional varios preceptos de la ley canaria de la vivienda que incluye una serie de medidas para garantizar el derecho a la vivienda. Esta actuación contra el derecho a la vivienda de los españoles no es nueva y el Gobierno del PP ya lo ha perpetrado contra normas similares de Navarra y Andalucía, cuya vigencia, en algunos de sus apartados, ha sido suspendida por el Tribunal Constitucional.

Según el Gobierno del PP, la Ley canaria incluye como contenido esencial del derecho de propiedad privada de las viviendas, el deber de destinarlas de forma efectiva al uso habitacional, definiendo el concepto de «vivienda deshabitada», y a partir de este concepto regulando infracciones y sanciones. Esta visión del uso de la vivienda parece intolerable al Gobierno del PP que considera que el derecho de propiedad es un derecho de naturaleza civil, cuyas condiciones básicas han de ser reguladas por el Estado. Y argumenta que esto es así para que el ejercicio de este derecho se realice en condiciones de igualdad en todo el territorio nacional.

Además, el problema radica en que la Ley canaria, introduce medidas para evitar la existencia de viviendas deshabitadas e impone sanciones en base no a la constatación de que estén deshabitadas, sino a través de presunciones o suposiciones, a las que se otorga valor sin admitir pruebas contrarias. También señala como infracción muy grave «no dar uso habitacional efectivo a la vivienda en el caso de tratarse de una persona jurídica», es decir de bancos y otras instituciones financieras.

Respecto a estas sanciones, el Gobierno del Partido Popular considera que Canarias no tiene la competencia para determinar deberes en el ámbito del derecho de propiedad y que por ello no puede tampoco determinar las infracciones. Además, y de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, no puede establecerse una responsabilidad penal o administrativa sancionadora sin acreditar la culpa del infractor.

Por otra parte, el Gobierno asegura que la Ley discrimina arbitrariamente a las personas jurídicas, haciendo depender la existencia del tipo infractor de que el propietario de la vivienda será una persona física o jurídica. Vuelta del PP a defender a los bancos olvidando que en la Ley Hipotecaria estos disponen de unos derechos muy distintos y superiores a los de los ciudadanos.

Asimismo, continúa esgrimiendo el Gobierno del Partido Popular, la Ley completa la regulación de interés social, a efectos expropiatorios, de la cobertura de necesidad de vivienda de las personas en especiales circunstancias de emergencia social que se encuentren en procedimientos de desahucio por ejecución hipotecaria de entidades financieras. Y entonces el Partido Popular vuelve a rizar el rizo a favor de los bancos cuando dice que esta actuación invade competencias exclusivas del Estado recogidas en el artículo 149 de la Constitución Española: regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles. Condiciones que el Partido Popular ha vulnerado de forma sistemática desde que llegó al Gobierno.