El pasado día 28 de septiembre entró en vigor la Ley vasca de Vivienda que contempla la expropiación temporal de pisos a bancos. Además, va a imponer un canon a viviendas vacías y reconoce el derecho subjetivo a contar con un hogar, que será exigible en los tribunales.

La norma, que fue aprobada por el Parlamento Vasco el pasado mes de junio con los votos del PSE, EH Bildu y UPyD, -a anotar la ausencia del PNV- deberá ser gestionada desde el Gobierno Vasco pese a que no cree en ella. El PNV, que es quien gobierna, asegura que la ley podría generar un «efecto llamada» de «proyección mundial».

El aspecto más novedoso de la norma es el estatus de subjetivo que concede al derecho a la vivienda, lo que significa que las personas con escasos recursos y sin posibilidad de alquilar un piso por sus propios medios podrán acudir a la Justicia para reclamar a la Administración que les facilite una vivienda en alquiler. La aplicación de este derecho que consagra nuestra Constitución pero no cumple, será gradual. De momento, será efectivo para los hogares de tres miembros con menos de 15.000 euros anuales de ingresos. La ley vasca, que ya ha comenzado a aplicarse, sigue la ruta marcada por iniciativas similares aprobadas ya en Andalucía, Cataluña o Canarias, aunque va más allá en sus planteamientos.

Por su parte, Extremadura, prepara la ley de emergencia social de la vivienda, planteándose, entre otras medidas, multar a los bancos que mantengan pisos vacíos procedentes de desahucios y no los pongan en el mercado con sanciones de hasta 150.000 euros. Además, se propone incentivar el alquiler social e incentivar que los particulares saquen a la venta sus pisos vacíos. La Junta de Estremadura quiere favorecer el derecho de tanteo y retracto a los particulares y a la administración para destinar las viviendas a las personas con necesidades.