Acaba de conocerse el informe del Abogado General de la Unión Europea, referido a un caso planteado ante el Tribunal Europeo por un Juzgado de Martorell (Barcelona). En el mismo se califica de ilegal el plazo de un mes que el Gobierno aprobó en mayo de 201, dentro de su Ley Hipotecaria, para que las personas inmersas en ejecuciones hipotecarias alegasen cláusulas abusivas. Es un nuevo problema para la Ley Hipotecaria del PP que condena a las personas y beneficia a los bancos.

El informe considera que ese mes de plazo, que comenzaba a contar desde su publicación en el BOE, el 15 de mayo de 2013, resultaba irrazonable teniendo en cuenta los intereses en juego y el número de personas afectadas por la medida, a las que se colocaba en situación cercana a la indefensión. El Abogado de la UE entiende que treinta días para preparar acciones legales, en el ámbito de personas sometidas a procesos de desahucio, sin notificación en persona, es incompatible con una verdadera protección frente a abusos bancarios. Y lo dice con estas palabras:

“La situación de precariedad económica en que se encuentra esa parte, la dificultad de oponerse a la ejecución y el coste del procedimiento de ejecución juegan en contra de los consumidores, que renuncian normalmente a personarse en el procedimiento. En este contexto, considero innegable que, en líneas generales, los consumidores afectados corrían un riesgo muy significativo de no poder formular oposición a la ejecución hipotecaria. A mi juicio, este riesgo se debe bien a los costes potencialmente disuasorios de la oposición (obligación de contar con un abogado y un procurador), bien al desconocimiento de los consumidores acerca de sus derechos, por no tener noticia de la publicación de la Ley 1/2013 y de la disposición transitoria cuarta o, en caso de tenerla, por haber llegado ésta a su conocimiento tardíamente, una vez iniciado el plazo extraordinario.”

Es preciso recordar que la Ley Hipotecaria 1/2013 vino forzada por la movilización sin precedentes que protagonizó la ciudadanía al recoger más de 1,5 millones de firmas a favor de paralizar los desahucios, y por la sentencia europea del caso Aziz que declaró ilegal el procedimiento de ejecución hipotecaria. En un momento en el que se tramitaban decenas de miles de procesos por impago de hipoteca en todo el Estado, y con un índice de desahucios superior a los 50 diarios, el Gobierno del Partido Popular aprobó una ley hipotecaria cicatera, que buscaba minimizar la posible defensa de los afectados frente a los abusos bancarios que contienen las hipotecas. Está claro que el posicionamiento del Partido Popular que nos gobierna es por los bancos y no por las personas.

Desde la PAH se movilizaron recursos y se puso a disposición de la ciudadanía un Kit de Emergencia que, difundido desde el movimiento y sin ayuda oficial de ningún tipo, facilitó la presentación de miles de oposiciones a los desahucios por cláusulas abusivas. Sin embargo, es evidente que miles de personas no pudieron plantear oposición a su desahucio por cláusulas abusivas, al carecer de notificación en persona. En agosto del año 2013, la PAH presentó un Recurso de Inconstitucionalidad que, entre otros motivos, planteaba la violación de Derechos Fundamentales que se cometía con aquella medida.

En la actualidad, mientras el Abogado General de la UE coincide con la PAH en su calificación jurídica de la conducta del Gobierno, el Tribunal Constitucional español mantiene sin resolver el recurso, lo que es especialmente grave en el contexto de aumento del número de desahucios y en general, la desprotección de la ciudadanía frente a los poderes económicos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dicta sus sentencias de conformidad con las opiniones del Abogado General, en un 80% de los casos, por lo que es muy probable que en pocos meses se declare ilegal la normativa española por un tribunal internacional.

En este momento, el TJUE ya ha dictado tres sentencias contra España por vulneración de la normativa de protección a consumidores en las ejecuciones hipotecarias (caso Aziz contra CatalunyaCaixa, de 14 de marzo de 2013 – caso Sánchez Morcillo contra BBVA, de 17 de julio de 2014 – caso Hidalgo Rueda y otros contra Unicaja y CaixaBank, de 21 de enero de 2015). Si se confirma este nuevo informe del Abogado General de la UE, el Gobierno del PP y su Ley Hipoecaria acumularán cuatro sentencias condenatorias por vulneración de la protección a la ciudadanía frente a desahucios y abusos bancarios.

La situación social y política sobre desahucios es insostenible en un contexto de aumento del número de familias desalojadas y con cada vez mayores evidencias de la complicidad del Gobierno en esta situación. En este contexto, la PAH exige como medidas de urgencia:

1.- Paralización inmediata de todos los desahucios de primera vivienda.
2.- Derogación de la actual normativa sobre ejecuciones hipotecarias y aprobación de las medidas de mínimos de la Iniciativa Legislativa Popular de la PAH (stopdesahucios, dación en pago retroactiva y alquiler social en las viviendas propiedad de la banca).
2.- Investigación oficial sobre la concesión de hipotecas en condiciones abusivas.
3.- Medidas de protección y reparación efectiva a las miles de víctimas de desahucios por impago de hipoteca que no han tenido defensa ni amparo desde los poderes públicos, lo que sería su obligación. Defender al pueblo y no a los bancos.