Desde el comienzo del estado de alarma, el confinamiento, y las primeras medidas de protección aprobadas por el gobierno, se estuvo asegurando que los desahucios estaban suspendidos. Pero no era verdad, como los demuestran los datos del GGPJ que llevan los desahucios efectuados hasta los 29.406 . De los cuales 6.915 son derivados de ejecución hipotecaria, 21.145 derivados de alquileres y 1.346 por otras causas.
Gracias a la presión, la denuncia, y la constatación de la realidad, en diciembre, el gobierno aprobó dos nuevos reales decretos ley, que aumentaban la protección de los inquilinos, al tiempo que dejaban desprotegidas de los efectos de la COVID-19 a las familias hipotecadas, como «detalle» para las entidades financieras. Lamentablemente llegaban tarde para muchas familias que se vieron desahuciadas durante la pandemia.
Estas cifras que refleja el CGPJ son muy preocupante, sobre todo teniendo en cuenta que en el periodo de marzo a junio no hubo actividad judicial. También son una muestra del fracaso del escudo social puesto en marcha por el Gobierno, según el cual no debería haber habido ningún desahucio durante la pandemia. En pocos días hará un año que saltó el estado de alarma que aún no tiene un claro final en el horizonte. Los estragos de la crisis económica derivada son cada vez mayores, la tasa de paro está en índices históricos, la precariedad es cada vez mayor, pero sigue habiendo desahucios y seguirán porque el interés económico prima sobre la protección de las familias y el derecho a la vivienda.
Dentro de los desahucios ejecutados es alarmante el incremento del 17,5% de nuevas ejecuciones hipotecarias que evidencia el poder de las entidades financieras y el cuidado que se tiene con sus intereses. Una gran parte de la culpa la tiene el Tribunal Supremo y su retorcimiento legal en la abusiva cláusula de vencimiento anticipado en donde aplica, «con efectos retroactivos» la vigente ley de crédito inmobiliario. Una ley iniciada por Luis de Guindos y concluida por Nadia Calviño, que, con diferentes tiempos, permite al banco ejecutar por la totalidad de la deuda pendiente y concluir el procedimiento con el desahucio de la familia, que como antes, mantendrá con el banco una deuda impagable y de por vida. Esto, a pesar de la deuda impagada a la sociedad por la banca, que según el banco de España asciende a más de 62 mil millones de euros.
La PAH se muestra muy preocupada por la situación y por su evolución en el futuro más cercano. Por ello y ante las conversaciones y acuerdos a los que se está llegando para la futura Ley de Vivienda, quiere manifestar que en ella deben reflejarse muchas aspectos además del control de los precios del alquiler, que es fundamental. Así, estima que se deben incluir los siguientes aspectos:
- Debe garantizar el Derecho efectivo a la Vivienda
- Se deben suspender todos los desahucios de familias o personas vulnerables sin vivienda alternativa
- Debe servir para crear un Parque Público para vivienda en alquiler asequible y social
- Tiene que garantizar el acceso a los suministros básicos, incluidas las telecomunicaciones
- Desarrollar mecanismos de segunda oportunidad real para deudores hipotecarios
- Ampliar la asignación presupuestaria para vivienda, a lo que se debe destinar también una parte de los Fondos Europeos de recuperación y
- Crear fórmulas de participación ciudadana en el desarrollo de futuras políticas de vivienda.
Por otro lado, y trabajando a contra reloj para poder llevar el texto de la futura Ley de Vivienda al Consejo de Ministros este mes, el PSOE y Unidas Podemos se han mostrado favorables a incluir en el texto legislativo un procedimiento para limitar los desahucios de familias vulnerables y sin alternativa habitacional, de forma muy similar a lo planteado por el Ejecutivo durante el estado de alarma a través del conocido como decreto antidesahucios.
Además quieren modificar el mecanismo actual de modo que, gracias a la nueva disposición planteada sobre el procedimiento penal, se produzca «comunicación a los servicios sociales en los procesos penales en los que se esté enjuiciando la comisión de un posible delito de usurpación de personas en situaciones de vulnerabilidad». De esta manera, la comunicación entre los tribunales y los servicios sociales se produciría de oficio.
Serán los servicios sociales, los que «determinarán si existe una situación de vulnerabilidad», y, si se da, «las comunidades autónomas tendrán la obligación de ofrecer una alternativa habitacional digna» a las familias.