El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha reconocido a los usuarios, con una sentencia favorable, su derecho a que  los bancos devuelvan con intereses los gastos que afrontaron por cláusulas abusivas. Los magistrados del alto tribunal han establecido que esos intereses tienen que calcularse desde la fecha en las que los hipotecados pagaron las cantidades, y no sólo desde que fueron reclamadas a la entidad financiera.

El caso que ha terminado en el Supremo comenzó en Oviedo, cuando un juzgado de la capital del Principado condenó al BBVA a abonar al hipotecado diversas cantidades en concepto de gastos de tasación y gestoría, con los intereses legales desde la fecha en que el consumidor hizo tales pagos, que ascendían a 3500 euros.  Pero tras un recurso del banco, que para estas cosas siempre recurren,  la Audiencia Provincial consideró que los intereses legales a abonar por la entidad se devengarían sólo desde la fecha en que el cliente los había reclamado. La decisión del Supremo da la razón a la primera sentencia y fija que «la entidad bancaria deberá abonar el interés legal desde la fecha en que el consumidor realizó los pagos».

La Sala Civil que ha juzgado el caso explica que la solución al caso no está recogida de una forma clara en la legislación española, pero que la decisión alcanzada es la que más se ajusta a lo que el Tribunal de Luxemburgo establece sobre cómo debe actuarse ante las cláusulas abusivas. Los magistrados del Supremo consideran así, que estamos ante un caso equiparable al del llamado enriquecimiento injusto -que sí regula el Código Civil– «en tanto que el banco se habría lucrado indebidamente al ahorrarse unos costes que legalmente le hubiera correspondido asumir y que, mediante la cláusula abusiva, desplazó al consumidor».

La solución que aporta el mencionado Código Civil es «obligar al que ha obtenido la ventaja a entregar una cantidad de dinero al que, correlativamente, se ha empobrecido». Esa cifra debe abonarse con los intereses desde el momento del pago, única forma de que el usuario pueda disponer hoy del dinero equivalente al que indebidamente abonó en su día. La sentencia es un nuevo mazazo a los bancos que están intentando escaparse del pago de los intereses, que si se contempla la retroactividad, puede alcanzar cifras considerables.