Sabemos, los que leemos las páginas peñazo de la economía, que debido a las medidas para proteger nuestro entramado social de la pandemia y de la guerra de Ucrania, la deuda de nuestro país está subiendo y que el pasado marzo el Banco de España la cifraba en 1.453.947,99 millones de euros, lo que supone una variación de 12.163,69 millones de euros en comparación con el mes anterior. Y también conocemos que el Fondo Monetario Internacional estima que nuestro país cerrará 2022 con unas obligaciones que representarán el 116,4% del PIB. Porcentaje que resulta muy alto y que nuestro país deberá ir reduciendo en los años siguientes y mucho me temo que lo hará incrementando la presión fiscal a los más débiles dejando tranquilos a los que saben defenderse.

Y ya se ha puesto a ello Hacienda que, a través de Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), ha decidido que es posible embargar la parte del salario mínimo inembargable que no se haya consumido en el mes. Es decir, será embargable la parte del sueldo, cobrado en meses anteriores, que haya podido ahorrar el contribuyente y que se encuentre en la cuenta bancaria como exceso de saldo, al margen de su origen y procedencia.

En palabras del propio TEAC, algo más farragosas por eso de la necesidad de obscurecer la medida y que me recuerdan aquello de «la parte contratante  de la primera parte» del genial Groucho, que:

“El saldo disponible en la cuenta a la fecha del embargo, deducida la cantidad resultante de aplicar lo anterior, es íntegramente susceptible de embargo, con independencia de que tenga su origen en el abono de anteriores percepciones salariales. Por tanto, sólo se considera sueldo, salario o pensión a los efectos de aplicar el mencionado artículo 171.3 de la LGT, el importe ingresado en la cuenta embargada por ese concepto en el mes que se practique el embargo o, en su defecto, en el mes anterior. Así, resulta embargable el saldo disponible de la cuenta a la fecha del embargo, deducido el importe del último abono en concepto de pensión.”

Así las cosas, un trabajador, asalariado o pensionista que padece algún embargo judicial y al que se le aplican los límites previstos por la Ley, podrá verse embargado de nuevo sobre la misma cantidad si comete la torpeza de intentar ahorrar. Y le va a dar igual si ese dinero lo guardaba para pagar el IBI, el gasoil de la caldera, el dentista o una noche loca de copas si la Cultural Leonesa sube de nuevo a primera. Se lo llevará Hacienda o su fondo vampiro y el mes que toquen esos pagos deberá ir a la puerta de alguna Iglesia a solucionarse el problema. Y ya puede ir cogiendo sitio que van a ser lugares muy solicitados si continuamos en este derrotero.

No es la primera vez que Hacienda carga contra los malaventurados económicos. Hace ya más de dos años (5-11-2019) la Dirección General de Tributos decidió computar a efectos del embargo de sueldos, salarios y pensiones el importe de la paga extra cobrada por el contribuyente, pero a diferencia de cómo lo hacía anteriormente, que detraía el porcentaje a embargar de cada paga consideradas de forma independiente, desde aquel día acumula las percepciones, es decir,  suma el salario mensual ordinario más el salario correspondiente a la gratificación extraordinaria, con lo que el importe a embargar es considerablemente mayor.

Pero hay que ver las cosas desde el punto positivo y con humor, mucho humor, aunque sea negro. Por eso Hacienda, para hacer más llevadera la situación, en la carta que escribió a los afectados por la medida, que muchos de ellos recibieron al mes siguiente de ser despojados de la paga extraordinaria – cosas de la administración- después de advertirles del nuevo escenario se despedía con un casi ¡alégrese porque así pagará su deuda antes! Y se lo decían a muchos que aún debían al fondo buitre correspondiente, los restos de su naufragio inmobiliario de la década anterior, que pagaban con embargo judicial mediante y multiplicada por diez, la cantidad que el Blackstone, Lone Star o Cerberus de turno habría pagado al banco acreedor.

Aquello fue un drama para muchas personas que dedicaban aquella paga extraordinaria al ahorro para pagar los imprevistos, o unos días de descanso,  celebrar una Navidad en condiciones o la matrícula de la Universidad que, por muchas milongas que nos cuenten y más en algunas Comunidades Autónomas, la educación no es gratuita.

Ahora, dos años después, cuando aquellas personas ya habían vuelto a ajustar su magra economía y tacita a tacita ahorraban para disponer de algún remanente y poder vivir con algo de dignidad, la rapacidad, no sólo tributaria, sino también de bancos y fondos buitre, que son los principales favorecidos por esos embargos judiciales largos, algunos casi de por vida, ha conseguido que los ahorros de asalariados y pensionistas embargados tan sólo estén seguros en el calcetín.

La verdad es que conforme escribo siento curiosidad por conocer la mente retorcida a la que se le han ocurrido estas disposiciones, que por no caer en el exabrupto son, digámoslo así, poco honorables. No debe ser muy feliz el chico, o la chica, vaya usted a saber.

Pero es lo que debe resultar más sencillo, despojar al pobre que no puede defenderse y que es incapaz de juntarse con otros en su misma situación para plantar cara, que en este país sólo salimos a protestar por cosas del fútbol, Eurovisión o la caza del gamusino silvestre, obviando todo lo que nos pueda afectar en pérdida de derechos o disminución del estado del bienestar, que debe ser cosa de rojos, inmigrantes y pobres de Mercadona.

Y no será porque no hay tesoros esperando ser recuperados por Hacienda, que de los 73.000 millones que la banca debe a todos los españoles -sí, la cifra se ha ajustado al alza- no se ha visto ni un tímido intento de reclamarlos para las necesitadas arcas. En otros casos los robos al erario público han prescrito porque estuvieron ocultos mientras se pudo reclamarlos, el funcionario que debiera haberlo hecho estaba tomando un café o la empresa o empresario deudor ha sabido esconder muy bien sus bienes y no hay embargo que altere su plácido descanso en Marbella. Diríase que son latrocinios consentidos, una especie de derecho de cierta clase de españoles.

Todo ello sin hablar de la exacerbada defensa, que de la seguridad jurídica, el atractivo inversor y otros conceptos muy de moda estos años de neoliberalismo a ultranza, hacen medios y periodistas inquilinos habituales de palcos y antesalas. Además, para los pudientes siempre queda el recurso de la caterva de abogados juniors y seniors que se encargarán en un abrir y cerrar de ojos de oscurecer todo el procedimiento y que tarde años en salir a la luz.

Ya veis a la Comunidad de Madrid, que pretende interponer el noveno y décimo recurso ante el Supremo -con un coste pagado por todos los madrileños- para retrasar la recuperación por sus legítimos propietarios de las 3.000 VPO enajenadas por 201 millones por Ignacio González y su tropa en el 2013, pero al madrileño sólo le preocupa la libertad de tomar cañas y bocatas de calamares hasta caer en la cirrosis o el envenenamiento por aceite refrito.

Está claro y casi parece ya normal, que las distintas instancias del Estado, judiciales, tributarias, legislativas… protejan a los dones, doñas y a sus dineros, haciéndoles la vida más fácil y poniéndolo todo a su alcance y que conste que no hablo de la bandeja de bombones. Al fin y al cabo España es suya, ya sea por derecho divino o porque se envuelven en la bandera hasta parecer una salchicha con tomate y mostaza.

Y si esta situación es la normal, también debe serlo que los que menos tenemos paguemos la fiesta; al fin y al cabo, somos muchos y tocamos a poco al repartir. Y aunque deba ser lo habitual me da una cierta repugnancia que lo sea en mi país.

Periodista económico

Eduardo Lizarraga

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