El degradante espectáculo del IRPH,  al que estamos asistiendo tras la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 12 de noviembre, demuestra muchas cosas y proporciona una claridad cristalina de lo que hay tras las bambalinas del poder judicial, aunque se esté haciendo a costa de la salud física y mental cada vez mayor de unos afectados, de los que algunos llevan ya más de 10 años inmersos en la pesadilla, que ven como sus derechos son pisoteados a cuenta de los intereses de las grandes corporaciones financieras.

Lo primero que nos dice es que la gran mayoría del Tribunal Supremo no tiene vergüenza por su actuación, ni respeto por una institución que debiera ser de las más respetadas del país. Ellos, defendiendo a la banca y sus intereses, arrastran al alto tribunal por el fango y aunque no se lo crean, también embarran sus nombres, togas, puñetas y birretes.

En su sentencia, el TS retuerce la jurisprudencia del TJUE para no reconocer que la cláusula es abusiva lo que llevaría a su nulidad. Mantiene el Tribunal Supremo, que si una cláusula no es transparente no implica que sea abusiva, porque no encierran un desequilibrio contrario a la buena fe que perjudique a la persona consumidora. Es decir, que la falta de transparencia sería una condición necesaria, pero no suficiente, para la apreciación de la abusividad.  Y lo hace con gran desfachatez,  aduciendo que el TJUE ha considerado que la publicación del índice en el BOE permitía al consumidor medio saber su funcionamiento y devenir, lo que salva a la cláusula de la temida exigencia de transparencia.

Tras la sentencia el Tribunal Supremo se ha puesto a trabajar a destajo, algo a lo que no nos tiene acostumbrados, y ya ha desbloqueado decenas de recursos del IRPH, notificando las providencias que dejarán a miles de consumidores desamparados  por su negacionismo judicial, contrario no sólo a la jurisprudencia del TJUE sino también a la suya propia. No sabemos si la prisa les llega por las próximas vacaciones judiciales,  por la amenaza del Gobierno de acabar de una vez con su interinidad o por el riesgo cierto de que el TJUE les vuelva a enmendar la plana. El caso es que en vez de evaluar caso por caso, como habían asegurado que harían,  se los quita a miles de golpe,  eliminando así las posibilidades de que la justicia europea les alcance.

Y es que la situación no está para tomar esas decisiones precipitadas ya que podrían ser injustas en unos meses. Las recientes sentencias del TS cuentan con el voto discrepante de Francisco Arroyo, que mantiene la tesis defendida por el ex magistrado Javier Orduña. Considera  Arroyo que no es el Tribunal Supremo el que debe valorar qué índice le resulta más interesante al consumidor, sino que es éste, quien debe tomar dicha decisión con la información que se le facilitó. Y si no se le facilitó toda la información necesaria,  no hay transparencia ni buena fe, por lo tanto hay abusividad en la cláusula y esta debe ser eliminada..

Esta discrepancia ha dado pie a que Francisco González de Audicana, presente una nueva cuestión prejudicial al TJUE. En la misma insta a la corte suprema europea a aclarar de forma definitiva y sin vías de escape las circunstancias que rodean al IRPH español,  para que la justicia en España no dependa, al menos en este caso, de la ideología del juez o sus intereses particulares.

Nuestro Tribunal Supremo debe crear y unificar su doctrina conforme al Derecho y la jurisprudencia europea, aunque se le retuerza  su ego hispánico con ello. Sin embargo,  con estas sentencias y argumentaciones, lo que ha hecho ha sido alejarse de la Directiva 13/93 CEE del Consejo de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, que es la que tiene obligación de aplicar. Habrá algo más que el ego.

No tuvo en cuenta el TJUE que la banca, por salvar los 40.000 millones que se juega, es capaz de cualquier cosa, hasta de hacer volver a caer en el ridículo más estrepitoso a nuestro Tribunal Supremo y que las risas lleguen hasta El Pireo; lo que tampoco parece importarles mucho a nuestros queridos magistrados. Tal vez sea por eso de “Para lo que me queda en el convento…”

Pero dejando aparte las cuestiones escatológicas y los argumentos de engorde crematístico, en toda esta situación parece traslucir un cierto tufo preconstitucional, primo hermano del que quiere fusilar a 26 millones de españoles por HPs; deben de ser los que votan lo que no le gusta, a los que suma hijos, nietos y demás familia, como ya hicieron antes. Es como si en esa cada vez más discutida «modélica transición» hubiéramos hipotecado el futuro y no para unos años,  sino para siempre.

Lo que está sucediendo es que la alta judicatura española se niega a aceptar que la normativa comunitaria pueda estar por encima de sus prebendas y derechos consuetudinarios. Su derecho a cortar el bacalao y favorecer a los de siempre, a las grandes familias, las entidades financieras, al poder económico ligado a la antigua clase política que aún sobrevive. Y podemos estar llegando a un punto de no retorno en el respeto y confianza de la ciudadanía hacia nuestras instituciones judiciales, porque no lo olvidemos, entre unos abusos y otros,  hay más de un millón de afectados. Y esto es peligroso.

Para agravar la situación no sólo está en contra el voto discrepante de Arroyo, sino también las resoluciones de muchos jueces de primera instancia,  que están dictando sentencias declarando la abusividad del IRPH en base a la doctrina del TJUE e ignorando la del Supremo que ningunea la jurisprudencia europea y olvida el acuerdo firmado por España con la Unión, además de las múltiples directivas sobre los derechos de los consumidores.

En estos momentos y dependiendo de donde tengas la suerte o la desgracia que vaya a parar tu causa, el juez pude decidir que:

  • Anula el préstamo entero, teniendo el banco que devolver los intereses y gastos y el consumidor el importe total del préstamo.
  • Anula en tipo de interés y mantiene el préstamo sin interés alguno, de manera que solo se devuelve el principal.
  • Anula el IRPH y los índices de interés sustitutivosy por defecto,  pudiéndose aplicar el Euribor + el diferencial pactado
  • Sustituye el IRPH por el índice sustitutivo, si el sustitutivo era IRPH Entidades, o Interés del Consejo de Ministros, o Euribor…

En este nuevo capítulo de la guerra del IRPH no podemos olvidar uno de los espectáculos más lamentables que se está produciendo a la vista de todos y que también ha llegado a Europa para diversión, vergüenza y escarnio de unos y otros. Es la denuncia que ha interpuesto el bufete de Arriaga al Estado español  delante la Comisión Europea por incumplimiento de la normativa europea en materia de defensa de los consumidores y usuarios. Lo hace  tras las ya comentadas  sentencias dictadas por el Tribunal Supremo (TS)  sobre la falta de transparencia y abusividad de la cláusula del tipo de interés IRPH.

En la denunci, Arriaga afirma que el Tribunal Supremo  ha vulnerado el principio de primacía del derecho de la UE al no respetar la doctrina del TJUE sobre la cláusula IRPH.

La denuncia llega después de un largo verano de rifirrafes, con querellas diversas del bufete contra magistrados que a su juicio incumplen la Ley Española y la jurisprudencia europea; por decirlo claramente y con su figura penal, que prevarican.  Querellas a las que las altas instancias de la judicatura española responden no admitiendo a trámite estas querellas por prevaricación y amenazando al bufete con multas e inhabilitaciones para que no siga por ese camino en la defensa de los afectados. No aceptan el derecho constitucional del bufete Arriaga a ejercer la acción popular querellándose contra los magistrados que incumplan la Ley española  (art. 4 bis.1 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, del 01 de julio) y todo el derecho y jurisprudencia europeo de obligado cumplimiento.

A lo que parece el CGPJ, el TS y algunas Audiencias pretenden hacer escarmiento con Arriaga para que nadie se atreva a seguir su camino y los jueces continúen siendo los hombres de Elliot Ness en nuestro país. El problema es que los afectados son muchos, muchísimos y podrían no estar de acuerdo con lo que está pasando y con ello acabar con la época de la mansedumbre de los rebaños de ovejas a los que se lleva al matadero.

No es el único frente abierto frente a Lesmes y su muchachada.  Y es que desde el Juzgado de 1ª Instancia nº 38 de Barcelona, del magistrado Francisco González de Audicana , al que Bankia quiso recusar por el IRPH, se ha dirigido un auto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea  solicitando nueva petición de decisiones prejudiciales a consecuencia de la sentencia de fecha 3 de marzo de 2020. Y lo hace solicitando para su resolución el procedimiento acelerado. El auto lo firman: D. Alejandro Benavente Antolín,  Dª. Susana Moreno de Lamo, D. José María Erauskin Vázquez y  Dª. Susana Moreno de Lamo en conformidad con el Artículo 104.2 del RPTJUE.

La situación que estamos viendo es un paso más en el proceso iniciado en 1978 para acabar con las estructuras aún vivas del estado franquista, con los derechos espurios del estamento judicial, que parece estar por encima de cualquier Ley y con la senilidad de un TS agarrado a sus poltronas como si le fuera la vida en ello. Ya avanzamos en su momento que el Tribunal Supremo de España no iba a someterse, ni a la primera vez ni a la tercera, al principio de jerarquía de de las leyes comunitarias y su jurisprudencia. Nuestro excelso tribunal intenta hacer su voluntad, que es la de la banca, por encima de los derechos de los españoles a una Justicia justa. Su soberbia le ha llevado a un callejón sin salida en el que perderán algo más que las togas para salir. El ridículo que estamos haciendo a su costa y a la conveniencia de la banca, se está llevando por delante la ya escasa credibilidad de nuestra Justicia en Europa y con ella la de nuestro país. De nuevo Europa al rescate.

Auto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Eduardo Lizarraga

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