El Ayuntamiento de Barcelona ha multado al propietario de un piso que había fijado un precio de alquiler más caro de lo que estipula la norma saltándose el contrato anterior. Lo asegura el Sindicat de Llogaters, añadiendo que es la primera vez que el consistorio catalán toma esta medida desde que está en vigor la ley catalana que regula los previos de alquiler.
El arrendatario del inmueble pedía a los inquilinos la cantidad de 1.200 euros al mes cuando el anterior contrato era de 950 euros. De esta forma incumplía la norma que fija la congelación de los precios para los inmuebles en los que había existido un contrato en los últimos cinco años. Y este contrato era de 950 euros mensuales, con lo que la subida que imponía al nuevo arrendador era del 25%.
Este incumplimiento puede ser castigado con una multa que va de los 9.000 euros hasta los 90.000. Sin embargo, el Ayuntamiento, que es el que ha sancionado esta conducta, ha decidido imponer el importe mínimo.
La situación no ha quedado resuelta ya que los inquilinos han exigido al arrendador que les baje el alquiler al precio que marca la regulación, en este caso el del anterior contrato, es decir, 950 euros, tal y como avala la sanción administrativa del Ayuntamiento. Sin embargo, el arrendador se niega a efectuar la bajada y devolver las cantidades ya cobradas.