Buenos días Concejal de mi pueblo:

Te escribo para intentar que alguien como tú, con sensibilidad social, ponga un poco de cordura en ese PSOE que está a punto de cometer uno de los mayores atentados contra la clase humilde, en apoyo, una vez más, a la Banca.

Junto a PP y Ciudadanos -socios necesarios en los ataques al pueblo- habéis decidido que el número de cuotas impagadas necesario para que el Banco acuda a la ejecución hipotecaria, y consiguiente desahucio, suba a doce. Ciertamente, si a una persona corriente, no especialmente puesta en la materia, le dicen que los legisladores de turno han elevado a doce el número de cuotas impagadas que facultan al Banco a acudir a la ejecución hipotecaria, responderá que estamos ante una medida socialmente positiva, beneficiosa para los consumidores, y ante unos legisladores con una importante inquietud social.

FALSO

Objetivamente, en frío, sin más información, nadie puede discutir que tener en tu contrato una cláusula que faculta al Banco a ejecutar la hipoteca tras doce incumplimientos es mejor que tener una cláusula que le faculta a ejecutar la hipoteca por un único incumplimiento, de eso no cabe duda, y eso lo habéis vendido bien. Pero las cosas no son como lo decís.

En este momento, la casi totalidad de los contratos de préstamos hipotecarios vigentes, todos nuestros contratos de préstamo hipotecario, tienen una cláusula de resolución anticipada que faculta a la entidad a acudir a la ejecución hipotecaria con un único incumplimiento, dándose la circunstancia de que existe una TOTAL UNANIMIDAD en que una cláusula de ese tipo, que por un único incumplimiento faculta a la entidad a resolver el contrato con todas sus consecuencias, es una cláusula nula. Este es un hecho no discutible.

La cláusula de vencimiento anticipado que tenemos todos en nuestros contratos es inaplicable. Si la cláusula que faculta a la entidad para resolver anticipadamente el contrato resulta nula, el Banco no podrá utilizarla en ningún caso, pues cuando lo haga, el consumidor ejecutado invocará la abusividad de la cláusula de vencimiento anticipado, el juez la declarará nula, y el procedimiento ejecutivo se archivará. Punto Final.

Ellos nos lleva a la realidad en la que nos encontramos a día de hoy, una realidad que preocupa mucho a la Banca, al Tribunal Supremo, al PP, a Ciudadanos, y, por lo que se ve, al PSOE, y es que la Banca está atada de pies y manos, que la Banca no puede ejecutar las hipotecas que tiene suscritas pues las cláusulas que impuso en relación con el vencimiento anticipado reputan todas nulas y, en consecuencia, tiene muy difícil ejecutar a la inmensa mayoría de clientes, pues en cuanto lo intente, saldrá a relucir la nulidad de la cláusula y el procedimiento se archivará.

En conclusión. La Banca tiene un importante problema, pues cada vez que acuda a un procedimiento de ejecución hipotecaria, el ejecutado invocará la abusividad de la cláusula de vencimiento anticipado en relación con su literalidad (Auto C-602/13, de 11 de junio de 2015, del TJUE), y declarada nula por abusiva la cláusula de vencimiento anticipado procederá el sobreseimiento de la ejecución (artículo 695.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), con condena en costas al ejecutante (Artículo 561.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Menudo problema que tiene la Banca. No puede ejecutar a nadie para reclamarle la totalidad de la deuda y echarle de casa, pues las cláusulas de resolución anticipada que ha impuesto en todos estos años resultan nulas; podrá reclamar las cuotas impagadas hasta ese momento, eso sí, pero no el total de cuotas pendientes hasta la finalización del contrato.

Problema muy serio. Pero llegan nuestros gobernante s del PSOE y le sacan del apuro, y, además, le sacan del apuro aparentando que lo hacen por nosotros, por los consumidores, como si fuéramos tontos y no nos diéramos cuenta. Y es que decís algo muy sensato, y es que no se puede consentir una cláusula que permita al Banco ejecutar por un único incumplimiento, por lo que elevan a doce. Bien. Muy bien. Pero lo hacéis con carácter retroactivo, y pretendes que en todos nuestros contratos quede sustituido el anterior supuesto por el nuevo, esto es, que en mi contrato pase de decir que me pueden ejecutar por un solo incumplimiento a decir que lo pueden hacer por doce.

A quien favorece esto?. A mi no. A tí tampoco. Y a los que están en apuros tampoco.

Yo, con la anterior redacción estaba a salvo porque la cláusula que permitía al Banco ejecutarme era nula y el día que vinieran a ejecutarme el procedimiento se archivaría por nulidad de la cláusula que fundamenta la ejecución. Esa cláusula nula era una salvaguarda que me protegía del desahucio. Pero ahora, una vez que purificáis las cláusulas por ley, soy vulnerable; ahora me pueden ejecutar con doce o más impagos, cosa que hasta hoy no podían hacer.

En consecuencia, a quien ha favorecido la medida? A LA BANCA

Y ha favorecido a la Banca porque todos aquellos clientes que tengan un número de impagos por importe equivalente a doce cuotas podrán ser ejecutados a partir de la aprobación de la ley, colocándose en una situación de riesgo de perder su vivienda, un riesgo que ayer no tenían. De esta manera, la Banca, que con la vieja redacción no podía ejecutar a nadie, ahora, con la nueva redacción aplicada de manera retroactiva, podrá ejecutar a todos aquellos que acumulen una deuda equivalente a doce cuotas, lo que significa que en breve habrá un REPUNTE DE EJECUCIONES HIPOTECARIAS frente a todas esas familias que tengan doce impagos, familias que hasta ahora estaban protegidas por el carácter abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado pero que hoy están en vísperas de un procedimiento de ejecución hipotecaria.

Y esto gracias a los de la rosa que fue roja y que hoy parece ser del color que haga falta con tal de seguir en el candelero. Gracias a vosotros, socialistas, la Banca ha resuelto un problema que le tenía muy preocupada; gracias a vosotros se ha abierto la puerta a una nueva oleada de desahucios; gracias a vosotros, todo nuestro trabajo por demostrar que la cláusula de vencimiento anticipado era nula y que no cabían ejecuciones hipotecarias en España se ha ido a la mierda, porque vosotros habéis purificado ese carácter abusivo de la cláusula para que puedan seguir desahuciando.

Si tanto os preocupan los consumidores como decís, por qué no habéis recogido que con carácter retroactivo la modificación de cláusulas relativas a intereses moratorios, comisiones, renuncias de derechos, tasaciones, cláusulas suelo, IRPH, y otras declaradas nulas?. Por qué únicamente habéis modificado retroactivamente la cláusula de vencimiento anticipado, y por qué no la de gastos?.

Es que resulta increíble que un partido socialista, progresista y social, existiendo infinidad de cláusulas abusivas en los contratos de los consumidores españoles, corrijan retroactivamente UNICAMENTE UNA, la del VENCIMIENTO ANTICIPADO, la que la Banca suspiraba por purificar, y lo habéis hecho de manera excepcional, y, mira tu por donde, habéis hecho EL UNICO CAMBIO QUE BENEFICIABA A LA BANCA.

Y otra cosa, tened cuidado cuando decís que doce impagos son muchos impagos y demuestran que no hay ánimo de pagar. Cuidado con eso que he oído decir a uno de vuestros representantes, porque cuando se dice que el contrato de préstamo hipotecario se puede resolver por doce incumplimientos, o cuando se dice que hay diez incumplimientos o veinte, no significa que el prestatario consumidor haya dejado de pagar desde hace doce meses, diez o veinte, sino que el total acumulado de retraso supone el importe de doce, diez o veinte cuotas.

Te voy a poner un ejemplo muy sencillo ….

Imagina una familia que pagaba 1000 euros al mes de cuota porque trabajaba la pareja e ingresaban entre ambos 2500 euros. En un momento dado uno de los miembros pierde su trabajo, el otro reduce jornada, y los ingresos familiares bajan a 1200 euros. En esta situación, la familia, que tiene que pagar una cuota de préstamo de 1000 euros, decide dedicar 800 euros al pago de la cuota del préstamo, y los 400 euros restantes a vivir. Todos los meses pagan 800 euros, todos los meses, todos, pero al finalizar el primer año han dejado de pagar 2000 euros, esto es, dos cuotas.

El segundo año, después de dedicar 800 euros al mes a la cuota del préstamo, y vivir malamente con 400 euros, ya adeudan cuatro cuotas. Y el quinto año, después de dedicar 800 euros mensuales al pago de la hipoteca durante cinco años, adeudan diez cuotas. Cuando nos dicen que alguien adeuda diez cuotas da la sensación de que nos encontramos ante un sirvengüenza que hace diez meses se tiró a la bartola y dejó de pagar, cuando la realidad es que nos encontramos ante una familia que dedica el 70% de sus ingresos a pagar la hipoteca, una familia que cada mes paga el 80% de la cuota hipotecaria, una familia que vive con 400 euros, con muchas privaciones.

Y el sexto año, acumularán doce cuotas, y después de pagar el 80% de la cuota mensual durante 6 años, ya acumularán las doce cuotas que, gracias a vosotros, permiten que el Banco desahuciarles.

Ahora dime tú en que habéis favorecido a esa familia y en qué habéis favorecido al Banco. Y este ejemplo de familia lo tenemos por miles, que son los miles de ejecuciones que vamos a tener en cuanto se aplique la ley y la disposición por la que establecéis la retroactividad del cambio, la disposición por la que habéis tirado por la borda el trabajo que desde hace años han venido desarrollando las plataformas antidesahucios.

Espero que alguien con cordura del PSOE piense un poco en esto que os digo y no en la Banca, porque como no escucháis a nadie, como habéis perdido contacto con la calle, con la gente humilde, no os enteráis.

Un saludo compañero/a, yo confío en tí.