El Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid ha cumplido su promesa y continúa con la batalla legal por el impuesto a las hipotecas que emprendió en 2018 y lo lleva a Europa. La Empresa Municipal de la Vivienda de la localidad ha presentado un recurso ante el Tribunal de Estrasburgo contra la decisión del Tribunal Supremo de autoenmendarse a sí mismo y ordenar que sean los clientes, y no los bancos, quienes deben pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Como sucede en todo lo que concierne a los beneficios de la banca, y es una de las razones que deben llevar a su renovación, la deliberación del Supremo fue muy ajustada: 15 votos a favor y 13 en contra. El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestimó tres recursos que el Ayuntamiento de Rivas planteó contra otras tantas sentencias del TSJ de Madrid, que determinaban que eran los prestatarios, los clientes, quienes debían abonar el impuesto. Sin embargo, otras tres sentencias previas del mismo Supremo habían dado la razón al municipio y ordenaban que fueran las entidades financieras quienes deberían de pagarlo por ser las beneficiarias de que las hipotecas pasen por la notaría, para luego poder hacer los desahucios más rápidos.

El cambio de doctrina del Supremo, favorable a la banca, se produjo en apenas dos semanas, según recuerda el municipio de Rivas en su recurso, registrado la pasada semana ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El documento, repasa los hechos del otoño de 2018, cuando coincidieron en el tiempo la decisión del Tribunal Supremo de autoenmendar su propia doctrina de dos semanas antes y una reforma legal promovida por el primer Gobierno de Pedro Sánchez que determinaba que eran las instituciones financieras las que debían pagar el IAJD, aunque la norma no tendría carácter retroactivo, lo que cerraba cualquier puerta a las reclamaciones de los clientes.

La EMV de Rivas alega en su recurso que la decisión del Alto Tribunal supuso «la vulneración» de sus «garantías procesales» ya que «ni se le escuchó en vista, aparte de no comunicarle formalmente todas las incidencias de estos procesos». También la vulneración del «derecho al juez predeterminado por la ley», así como al «principio de igualdad en la aplicación de la ley» por el «no reconocimiento de la extensión de efectos de las sentencias previas dictadas que fueron estimatorias».

Rivas aduce la violación de varios de los derechos recogidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Públicas, como el derecho al respeto de sus bienes, el derecho un proceso equitativo. Si el Ayuntamiento de Rivas consigue que Estrasburgo le dé la razón, todos nos beneficiaremos y podremos reclamar a la banca que nos devuelva lo pagado.

Por |2020-12-19T11:07:03+01:00diciembre 19th, 2020|Ayuntamientos, Bancos, Compra Venta, Noticias Economía|Sin comentarios

Sobre el Autor:

Periodista Económico. Ha trabajado en diversos campos de la información. Corresponsal en conflictos, analista político en Congreso y Senado, periodista del medio ambiente, editor, director editorial, director de comunicación.... En estos momentos se ha especializado en el sector inmobiliario. Pero también es navegante y viajero, preocupado por la pobreza, el medio ambiente y por las actuaciones descontroladas del neoliberalismo empresarial y político en todo el mundo. Los desahucios, la pobreza infantil y la falta de acceso a los suministros básicos son algunos de los grandes dramas de nuestra sociedad y que es preciso solucionar para hacerla más justa. CEO en www.aquimicasa.net

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