Un juzgado de Gipuzkoa archiva el proceso de ejecución iniciado por el BBVA para adjudicarse un inmueble en Lezo al reconocer la existencia de cláusulas abusivas en la hipoteca solicitada.

Para Stop Desahucios de Gipuzkoa esta sentencia es novedosa porque hasta ahora, en este territorio, los jueces que declaraban nula la cláusula suelo permitían que continuara la ejecución hipotecaria pero sin tener en cuenta la cláusulas anuladas. La sentencia de Gipuzkoa es hasta ahora una de las pocas que se ha dictado en este sentido en toda España.

La resolución, emitida por el Juzgado de Instrucción número 5 de San Sebastián, sobresee el procedimiento y lo archiva, al entender que la cantidad que reclama el banco al hipotecado es mayor a la que hubiera resultado sin la aplicación de la cláusula suelo y los intereses de demora anulados.

En su desarrollo la resolución judicial explica que la cláusula suelo establecida por el banco en el citado préstamo hipotecario está redactada con un estilo «enrevesado» e «intrincado» que «ocultaba» y «enmascaraba» una «falta de claridad» que impedía al perjudicado «tener constancia de las condiciones económicas pactadas» de una manera «indubitada y cierta». Esta redacción contrasta con la nitidez con la que, en sentido contrario, se fijó el techo del préstamo hipotecario en un 15 % y que lleva ahora a la jueza del caso a opinar que la claridad con la que se estableció el techo debería haber sido exigible también para determinar el suelo.

El juzgado de Gipuzkoa sostiene que esta cláusula va en contra de la buena fe y justo equilibrio exigible para este tipo de operaciones en las que se oferta un préstamo a interés variable pero se incluye de manera torticera una cláusula que convierte el tipo variable de la hipoteca en uno fijo en «beneficio» del banco y en perjuicio del hipotecado.

El texto pone de manifiesto que en el proceso judicial tampoco ha quedado constancia probada del cumplimiento del deber de información que correspondía a la entidad bancaria, al tiempo que rechaza por abusivos los intereses de demora aplicados, que ascendieron a un 19 %.

La resolución, aclara en este sentido, que se considera abusivo todo aquel interés que supere tres veces el interés legal que, en el año 2006 cuando se escrituró el citado inmueble, era del 4 %, por lo que la frontera con el interés abusivo quedaría fijada en el 12 %.

El vecino de Lezo ahora beneficiado por esta sentencia decidió acudir a la plataforma Stop Desahucios de Gipuzkoa después de que el banco BBVA iniciara un proceso de ejecución hipotecaria contra su vivienda, a lo que respondió con la presentación de un escrito de oposición ante el Juzgado de Primera Instancia número 5 de San Sebastián que ha estimado sus argumentos y archiva el proceso de ejecución hipotecaria.