Lo cierto es que comienzan a causar una cierta vergüenza los constantes dictámenes negativos con que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE sacude a nuestro Tribunal Supremo (TS). Y lo peor es que nuestros altos magistrados continúan recurriendo a la Justicia Europea, pensando que les echarán una mano. Sin darse cuenta que la Justicia Europea es independiente de los partidos políticos y que es su labor primordial la protección del ciudadano. Exactamente al revés de lo que sucede en nuestro país, en una situación heredada de largo tiempo. De verdad, debe ser un puesto bien remunerado de una manera u otra, porque tendrían que haber dimitido hace ya tiempo o es que tal vez les guste hacer el ridículo.

Viene esto al caso, porque de nuevo el TJUE está a punto de torcer la mano de nuestros altos jueces, esperamos que de una forma ya definitiva, por la vivienda y los desahucios, al considerar que nuestra legislación es contraria al derecho de la Unión Europea y desprotege a las personas que pueden perder su casa en favor de los bancos.

El dictamen del abogado general, Maciej Szpunar, que vuelve a poner en ridículo a nuestros jueces, nuestra legislación y a nosotros mismos, porque han tenido que venir desde fuera para ayudarnos, responde a dos cuestiones emitidas por nuestro TS y relacionadas con la cláusula de vencimiento anticipado, considerada abusiva al iniciar un procedimiento de desahucio por un único impago. El Supremo, siempre preocupado por los dictámenes que puedan dañar la cuenta de resultados de los bancos españoles, preguntó, por decirlo de una manera llana, si el juez podía separar la cláusula abusiva en partes distintas y mantener algunas y si un tribunal español podía considerar que el Derecho español era más ventajoso para nosotros y por lo tanto ir a la ejecución hipotecaria frente al sobreseimiento y la ejecución ordinaria de la sentencia. La pregunta es repetitiva en cuanto a las consecuencias de una cláusula abusiva, pero en defensa de sus bancos el TS está dispuesto a caer en la redundancia aunque sea en bable.

Y es que la doctrina del Tribunal Supremo español establece que la nulidad de una cláusula abusiva de vencimiento anticipado, puede ser corregida por el juez aplicando el número mínimo de tres cuotas mensuales que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y es precisamente esta doctrina la que el abogado general del TJUE considera contraria al derecho europeo ya que equivale a dar libertad al juez para que reescriba una cláusula que es nula por abusiva.

Este dictamen abre  la puerta a anular miles de desahucios en España producidos estos últimos años y para tener constancia de su trascendencia, baste saber que  desde que el Supremo elevara su consulta al tribunal europeo,  en febrero de 2017, las ejecuciones hipotecarias sobre vivienda han descendido un 55%.

La opinión del abogado general, Maciej Szpunar,  no tiene carácter vinculante, pero es público que los jueces del TJUE suelen seguir sus recomendaciones en el 80% de los casos. La sentencia final se dictará en los próximos meses y podría tener consecuencias importantes para los bancos españoles. Fue nuestro propio TS quien afirmó que  el sistema bancario español podría sufrir perturbaciones graves y sistémicas si los bancos no pudieran recurrir a la ejecución hipotecaria.

Pero no ha sido este el único revés que el TS y por ende los bancos españoles han tenido en la última semana. Que el IRPH vuelve a dar alegrías a unos y a patear el estómago de otros –pero bien que se han llevado el dinero estos últimos. Y es que hay que recordar aquella famosa sentencia del Supremo dando la razón a la banca porque el consumidor español era “perspicaz” para darse cuenta del alcance de la cláusula.

Hay que recordar que ante la falta de claridad de la situación, con sentencias en un sentido y en otro, el Juzgado nº 38 de Barcelona elevó a cuestión prejudicial ante el TJUE, la transparencia del IRPH. Y ahora la Comisión Europea sugiere, en un informe enviado al TJUE, que inste al TS español a cambiar su doctrina sobre el IRPH, la del «ciudadano perspicaz». Es decir, lo que propone la Comisión es que sea incumbencia del juez nacional «dejar sin aplicación una cláusula contractual como esta, caso de estimarla abusiva, manteniendo el resto del contrato si el mismo puede subsistir sin dicha cláusula» y dar al consumidor la posibilidad de declarar su intención de que el contrato se mantenga.

En el caso de que el contrato no pueda subsistir tras la supresión de la cláusula abusiva, si la nulidad del contrato en su conjunto es perjudicial para los intereses del consumidor o si en el Derecho nacional aplicable no existe una disposición supletoria aplicable que pudiera permitir la subsistencia del contrato, el juez competente debe dar al consumidor la posibilidad de declarar su intención de que el contrato se mantenga. En ese caso, dicho juez dará un plazo razonable al profesional y al consumidor para que se pongan de acuerdo de buena fe sobre un índice sustitutivo, respetando el principio de transparencia, y con la plena restitución, en su caso de las cantidades indebidamente pagadas. Esto es lo que dice la Comisión, porque todavía hasta la sentencia queda un trecho.

José María Erausquin abogado irundarra, socio director de la firma Abogados Res, causante de que la transparencia del IRPH haya llegado hasta las instancias europeas, explica la situación:

Una vez que se plantea la cuestión prejudicial ante el TJUE, y esta es admitida, el Abogado General da traslado por 30 días a las partes (Bankia y abogados), al Abogado del Estado donde se ha producido el conflicto (España), a la Comisión Europea, y a los Abogados de los Estados que quieran decir algo. De ahí que  en el procedimiento existan unas observaciones del equipo de abogados, unas observaciones de Bankia, unas observaciones del Abogado del Reino de España, una observaciones del Abogado de Inglaterra e Irlanda, que han querido decir algo, y unas observaciones de la Comisión Europea que ya se han hecho públicas. Con todo eso, el Abogado General preparará sus Conclusiones, y a partir de esas Conclusiones vendrá la definitiva Sentencia del TJUE.

Erausquin va a solicitar la celebración de una vista pública, para que el Abogado General  pueda escucharlo todo en vivo y para que si alguno de los Magistrados del TJUE tiene dudas, pueda preguntar directamente a los abogados.

Comenzaba el artículo con la conveniencia de que los magistrados del TS dimitieran por vergüenza torera, pero no sólo suya, sino que sus servidumbres están haciendo caer en el ridículo a todo el país. Entre unas y otras cuestiones y sentencias, que han saltado el último año a la palestra, la vieja frase aquella de que en España «la justicia es un cachondeo» vuelve a revolotear por nuestras cabezas, porque nunca se ha ido.

Mientras los partidos políticos continúen poniendo los jueces clave en las instituciones de la justicia en España y pidiéndoles obediencia a sus planteamientos partidistas, ésta no existirá y será tan sólo un peón más de la clase política y por lo tanto del poder económico. Los verdaderos cambios, que nos devolverán la dignidad y el resarcimiento económico frente a los abusos, llegarán cuando nuestra Justicia sea de verdad independiente. Mientras tanto el mazo europeo continuará cayendo sobre sus vergüenzas.

Eduardo Lizarraga

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