Con el objetivo de ir acompasando la legislación española a la del resto de los países de la Unión en lo que se refiere a derechos y obligaciones de los trabajadores, el Ministerio de Derechos Sociales trasladó al Consejo de Ministros la llamada Ley de Familias que volvió a poner en evidencia desacuerdos entre los socios de Gobierno. Porque aunque está claro que todos los trabajadores, sea quien sea su empleador, deben disponer de los mismos derechos, también lo está que la propuesta si se hace ley puede suponer esfuerzos muy distintos para los autónomos.

Por ello los empresarios autónomos con trabajadores a su cargo se sienten muy poco satisfechos con esta ley y no sólo porque les equipara con empresas de mucho mayor nivel, sino también por no haber sido convocados para dar su opinión.  Los trabajadores por cuenta propia esperan que el Gobierno incluya compensaciones para sus negocios, ante la posibilidad de que los empleados puedan disfrutar de hasta nueve días de permiso remunerado para el cuidado de familiares, como sucederá en el resto de las empresas.

La nueva norma, busca terminar con la “fragmentación y falta de equidad del conjunto de normas”, cumpliendo así con dos directivas europeas relativas a la transparencia y previsión de las condiciones laborales y a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y cuidadores.

En concreto, el anteproyecto de la Ley de Familias presentado por el Ministerio de Derechos Sociales incluye importantes novedades en forma de varios permisos para cuidados a los que los trabajadores por cuenta ajena tendrían derecho tras su aprobación. Todos ellos dirigidos a una mayor conciliación familiar.

  • Un permiso retribuido de cinco días cada año para el cuidado de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad. Esta medida incluye a los padres, hijos, abuelos, nietos y hermanos.
  • Además, el empleado por cuenta ajena tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario “por motivos familiares urgentes e imprevisibles que hagan indispensable su presencia inmediata”. Estas horas podrán ser retribuidas con un máximo de cuatro días anuales.
  • Un permiso parental no retribuido de ocho semanas, que los trabajadores por cuenta ajena podrán disfrutar de forma continua o discontinua hasta que su hijo haya cumplido ocho años.

Además, el texto recoge otras novedades para el conjunto de la población, de las que sí podrán disfrutar los autónomos. Entre ellas, la equiparación de los derechos de las familias monoparentales con dos hijos con los de las familias numerosas, o la ampliación de la prestación de 100 euros para madres con niños de entre cero y tres años, a la que hasta ahora sólo tienen derecho las mujeres trabajadoras.