El calvario de los afectados por el IRPH lleva más de una década recorriendo juzgados, soportando resoluciones contradictorias y esperando a que el Tribunal Supremo, en una ocasión tras otra, deje de interpretar “a su manera” lo que desde Europa parece meridianamente claro. Ahora, tras la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), se espera un pronunciamiento definitivo del alto tribunal español. Pero la pregunta sigue en el aire: ¿volverá el Supremo a inclinar la balanza hacia la banca, como tantas veces ha hecho, o, por fin, permitirá que un millón de familias encuentren justicia frente a uno de los abusos hipotecarios más sangrantes?
El Tribunal Supremo se pronunciará sobre una cláusula condenada desde Europa
El pleno del Supremo debe decidir esta semana sobre la validez de las hipotecas referenciadas al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). Son alrededor de un millón de contratos y en juego nada menos que 16.000 millones de euros. La última resolución del TJUE ha sido tajante: el hecho de que se trate de un índice oficial no excluye la posibilidad de que las cláusulas sean abusivas. El control de transparencia es la clave. Y aquí, como recuerdan numerosos juristas, “ningún contrato cumple”. El problema es que la historia nos ha enseñado a desconfiar. Porque siempre que el Tribunal Supremo ha tenido margen, lo ha utilizado para salvar a los bancos.
Más de un millón de afectados y 16.000 millones de euros en juego
Hablamos de familias que han visto cómo sus cuotas se encarecían mes a mes por culpa de un índice vendido como “más estable” que el euríbor, cuando en realidad siempre estuvo por encima. Entre 200 y 300 euros extra cada mes. Entre 2013 y 2016 el IRPH se mantenía en torno al 2% mientras el euríbor se hundía incluso en negativo. Esa diferencia explica el sufrimiento de miles de hogares y las demandas acumuladas en los tribunales. Y lo más hiriente es que en este largo camino muchos se han quedado atrás: unos con sentencias firmes que ya no podrán reabrirse, otros por cansancio, otros —tristemente— por causas peores.
La última sentencia del TJUE parece difícil de soslayar
El TJUE ha señalado con claridad que no basta con que la definición del IRPH apareciera en el BOE. Había que explicar al consumidor cómo funcionaba el índice, qué consecuencias tenía frente a otros y si el banco incluía —como advertía la propia Circular 5/94 del Banco de España— un diferencial negativo que compensara su carácter encarecedor. Nada de eso ocurrió. Los contratos fueron opacos y el control de transparencia brilla por su ausencia. Si a pesar de esta evidencia el Supremo volviera a buscar resquicios para proteger a la banca, confirmaría lo que ya es un secreto a voces: que este tribunal ha actuado más como escudo de las entidades financieras que como garante de los derechos ciudadanos.
No habrá solución común sino caso por caso con la transparencia como fondo
El TJUE ha insistido en que la evaluación debe ser individual, caso por caso, valorando la transparencia con la que se comercializó cada hipoteca. Una fórmula que, aunque justa en lo formal, abre la puerta a miles de procedimientos judiciales interminables. En la práctica, muchos afectados seguirán enredados en pleitos durante años, salvo que el Supremo dé un paso decidido y siente una doctrina clara: que el IRPH, en ausencia de información suficiente, es abusivo por defecto. Lo contrario sería prolongar un suplicio que ya dura demasiado.
En los tribunales cada día hay más sentencias favorables a los consumidores
Mientras tanto, la realidad judicial de base es otra. Juzgados de primera instancia y audiencias provinciales se alinean con lo dictado por Europa. En Ibiza, por ejemplo, un fallo de septiembre declaró nulo el IRPH por falta de transparencia y obligó al banco a devolver todo lo cobrado de más, con intereses y costas. Casos como este se repiten a lo largo de España, demostrando que cuando el TJUE habla claro, los jueces escuchan. Pero la gran incógnita sigue en el aire: ¿hará lo mismo el Supremo o volverá a torcer la interpretación en favor de las entidades financieras?
Los casos juzgados no podrán ser reabiertos
Y aquí está la tragedia añadida. Quienes ya fueron derrotados en instancias previas, arrastrados por años de sentencias que negaban siquiera la posibilidad de analizar la abusividad, no podrán reabrir sus casos. Miles de familias se quedarán sin reparación, aunque ahora quede claro que el índice fue vendido con opacidad. Es la consecuencia directa de una justicia lenta y parcial, que ha puesto a los consumidores en inferioridad de condiciones frente a los gigantes bancarios.
Un final que no debería repetirse
La sentencia que dicte el Tribunal Supremo esta semana marcará un antes y un después. Puede elegir entre alinearse con Europa y con los consumidores o volver a hacer lo que tantas veces: mirar hacia otro lado y salvar a la banca. La desconfianza está más que justificada. Ya lo hizo con las cláusulas suelo, con los gastos hipotecarios y con el propio IRPH en anteriores ocasiones. Pero ahora el margen de maniobra es mínimo: el TJUE lo ha dicho con claridad y contundencia. Cualquier interpretación que contradiga el espíritu europeo será vista como lo que es: un acto de protección corporativa hacia las entidades financieras.
El camino del IRPH ha sido largo, doloroso y profundamente injusto para millones de personas. El Supremo tiene la oportunidad de cerrar este capítulo con dignidad. Si no lo hace, la herida de la desconfianza en la justicia española quedará aún más abierta. Porque el abuso bancario no se combate con silencios cómplices, sino con sentencias firmes y reparadoras. Y esta semana sabremos de qué lado está, de una vez por todas, nuestro Tribunal Supremo.