El Congreso de los Diputados ha convalidado el Real Decreto-ley para amortiguar el impacto del conflicto en Oriente Medio, una norma que, más allá de su denominación, contiene medidas de calado directo para el mercado de la vivienda en España. Entre ellas destacan dos: la prórroga de las deducciones fiscales por rehabilitación energética y una modificación normativa orientada a facilitar la construcción de vivienda pública y asequible sobre suelo de titularidad pública.

Para los propietarios que tengan previsto acometer obras de mejora en sus viviendas, el mensaje es claro: las ventajas fiscales que estuvieron en vigor entre 2021 y 2024 no desaparecen, sino que se extienden a las actuaciones realizadas durante 2025 y 2026. La deducción se aplica sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a mejorar la eficiencia energética de la vivienda habitual, de inmuebles alquilados o con expectativa de alquiler, y de edificios de uso mayoritariamente residencial. En todos los casos, la mejora debe acreditarse mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética.

Un beneficio medio de 1.918 euros por contribuyente

Los datos del período anterior, que abarca de 2021 a 2024, permiten calibrar el alcance real de esta medida. Durante esos cuatro años se presentaron 291.763 declaraciones acogidas a estas deducciones, con un beneficio fiscal medio de 1.918 euros por contribuyente, y se acreditaron obras de mejora energética en un total de 203.756 inmuebles. Son cifras que reflejan tanto el interés de los propietarios por este tipo de actuaciones como el impacto económico concreto que la prórroga puede tener para las familias que decidan rehabilitar en los próximos dos años.

Desglose de las deducciones vigentes

El decreto mantiene la estructura de tres tramos en función del alcance de la mejora energética conseguida. El primero, con una deducción del 20%, se aplica a las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026 que logren reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda habitual, alquilada o en expectativa de alquiler. El segundo tramo eleva el porcentaje al 40% para las actuaciones que consigan reducir un 30% el consumo de energía primaria no renovable o alcancen una calificación energética A o B, también con plazo hasta finales de 2026. El tercer tramo, reservado a edificios de uso mayoritariamente residencial, permite deducir hasta el 60% de las cantidades invertidas en rehabilitación energética del conjunto del edificio, siempre que se alcance una reducción del 30% en el consumo o se obtenga calificación A o B, con un plazo ampliado hasta el 31 de diciembre de 2027.

Modificación para impulsar la construcción de vivienda pública y asequible

El decreto incluye también una modificación de la Ley de Contratos del Sector Público con el objetivo de facilitar la construcción de vivienda asequible sobre suelos de titularidad pública. El cambio busca simplificar y flexibilizar el marco normativo que regula las fórmulas de colaboración público-privada previstas en la Ley por el Derecho a la Vivienda, estableciendo condiciones específicas para los contratos de concesión cuyo objeto sea construir o rehabilitar sobre suelo o inmuebles públicos destinados a vivienda social o a precios asequibles. Se trata de un ajuste técnico pero con implicaciones prácticas relevantes, ya que elimina parte de las trabas administrativas que hasta ahora dificultaban la puesta en marcha de estos proyectos.

En conjunto, el decreto combina un incentivo directo para el propietario individual —a través de las deducciones fiscales— con una palanca estructural orientada a aumentar la oferta de vivienda protegida. Dos frentes distintos ante una misma crisis de acceso a la vivienda que no da señales de remitir.