Lo que puedes desgravar en la declaración

La campaña de la Renta 2025 —que se declara en 2026— arrancó el 8 de abril con un abanico de deducciones que los contribuyentes deben revisar con cuidado antes de confirmar el borrador. Y la vivienda, como cada año, ocupa un lugar central. Compra, alquiler, rehabilitación y eficiencia energética tienen su hueco en el modelo, pero las condiciones varían según el momento en que se firmó el contrato, la fecha de adquisición del inmueble o la comunidad autónoma en la que resida el declarante. El error más frecuente sigue siendo confirmar el borrador sin comprobar si se cumplen los requisitos para aplicar deducciones que Hacienda no incorpora automáticamente.

La deducción por compra de vivienda habitual, solo para quienes compraron antes de 2013

La deducción estatal por inversión en vivienda habitual lleva años en régimen transitorio y no ha cambiado para este ejercicio. Solo pueden aplicarla quienes adquirieron su vivienda antes del 1 de enero de 2013 y cumplieron los requisitos entonces exigidos. El porcentaje de deducción es del 15% sobre las cantidades satisfechas durante el ejercicio, con una base máxima de 9.040 euros anuales, lo que permite una deducción de hasta 1.356 euros. En la declaración, los contribuyentes deben consignar esta deducción en las casillas [547] para el tramo estatal y [548] para el tramo autonómico. Para quienes todavía están amortizando una hipoteca de esa época, sigue siendo una de las ventajas fiscales más significativas del modelo.

Las deducciones por alquiler de vivienda habitual

En el ámbito del alquiler, la situación es más compleja porque conviven una deducción estatal en régimen transitorio —solo aplicable a contratos firmados antes de 2015, que se refleja en la casilla [562]— con un amplio catálogo de deducciones autonómicas que varían considerablemente de una comunidad a otra.

En la Comunidad de Madrid, la deducción por alquiler de vivienda habitual permite desgravar el 30% de las cantidades satisfechas, con un límite de 1.237,20 euros anuales para menores de 40 años. Existe además una modalidad específica para menores de 35 años, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o de terrorismo. Por el lado del arrendador, Madrid contempla también una deducción de 1.000 euros por alquilar viviendas que hayan permanecido vacías al menos un año, siempre que el contrato tenga una duración mínima de tres años.

En otras comunidades, los importes y condiciones difieren. Castilla-La Mancha ofrece deducciones de hasta 500 euros. En general, los criterios habituales que determinan el acceso a estas deducciones autonómicas son la edad del inquilino, el nivel de renta y la existencia de discapacidad reconocida. El punto crítico que los expertos repiten cada campaña es que el borrador de la renta no incorpora las deducciones autonómicas, por lo que es imprescindible revisar las condiciones de la comunidad correspondiente antes de presentar la declaración.

Deducciones por rehabilitación y eficiencia energética

La rehabilitación de vivienda tiene su propio espacio deductivo, tanto a nivel autonómico como en el tramo estatal vinculado a la eficiencia energética. Madrid, por ejemplo, contempla una deducción del 15% de lo invertido en rehabilitación de viviendas en zonas rurales destinadas al alquiler.

En el ámbito estatal, las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética siguen vigentes y se articulan en torno a las casillas [1655], [1656] y [1657], según el tipo de actuación realizada: reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, mejora del consumo de energía primaria no renovable, u obras en edificios de uso predominantemente residencial. Son deducciones que exigen certificado energético antes y después de las obras, pero que pueden suponer un ahorro fiscal relevante para quienes hayan acometido reformas en los últimos meses.

Novedades autonómicas y otras deducciones a tener en cuenta

Este ejercicio llega con más de una veintena de novedades en el plano autonómico. Comunidades como Catalunya, Andalucía, Asturias, Baleares, Extremadura, Galicia o Murcia han incorporado o modificado deducciones en campos tan diversos como el alquiler, la movilidad eléctrica o la salud. Entre las más llamativas figuran deducciones por gastos veterinarios, cuotas de gimnasio o compra de gafas graduadas, lo que refleja una tendencia de las comunidades a ampliar el catálogo de incentivos fiscales más allá de la vivienda estricta.

En el plano estatal, otras deducciones de carácter general que conviene revisar son la de inversión en empresas de nueva creación —casilla [653]—, la relacionada con donativos a entidades sin ánimo de lucro —casilla [723]— y las ligadas a la movilidad sostenible, con la adquisición de vehículos eléctricos en la casilla [1678] y la instalación de puntos de recarga en la [1679].

Plazos e impacto recaudatorio

La campaña se extiende hasta el 30 de junio de 2026 para las declaraciones sin resultado a ingresar, aunque la fecha límite para domiciliar el pago se sitúa el 25 de junio. Hacienda espera cerrar el ejercicio con unos ingresos por IRPF que consolidan la tendencia al alza de los últimos años, sostenida por el crecimiento del empleo y la subida de salarios. Para los contribuyentes, la clave no está en confirmar el borrador a la primera, sino en tomarse el tiempo necesario para revisar cada deducción aplicable, especialmente las autonómicas, que pueden marcar la diferencia entre pagar y recuperar.