El Parlamento Europeo mantiene los derechos de los pasajeros aéreos frente a la ofensiva low cost

Tras más de una década de parón, las instituciones europeas han cerrado finalmente la reforma del Reglamento (CE) 261/2004, la norma que regula los derechos de quienes vuelan en avión dentro de la Unión. El Parlamento Europeo ratificó esta semana el acuerdo político alcanzado entre el Consejo y la Eurocámara, poniendo fin a una negociación bloqueada desde que la Comisión presentó su propuesta original en 2013. El resultado, lejos de la demolición de derechos que pretendían algunos gobiernos y buena parte del sector, conserva intactas las compensaciones por retraso y blinda varios derechos que las aerolíneas llevaban años erosionando por la vía de los hechos.

Una reforma que podía haber sido más ambiciosa

El acuerdo descarta la propuesta que planteaba elevar el umbral mínimo de retraso exigido para reclamar indemnización y rebajar las cuantías, un cambio que, según advirtieron organizaciones de consumidores como CECU, habría dejado sin compensación a más del 60% de los pasajeros que hoy tienen derecho a reclamar. Las aerolíneas, además, estarán obligadas a informar con mayor claridad sobre estos derechos cuando se produzca una incidencia, algo especialmente necesario si se tiene en cuenta que actualmente solo el 38% de quienes podrían reclamar llegan a hacerlo. Desde CECU, su abogado César Díaz ha celebrado el acuerdo como el resultado de «años de trabajo de las organizaciones de consumidores europeas», aunque ha advertido de que ahora toca vigilar que la norma se cumpla y que las autoridades sancionen cuando las aerolíneas la incumplan. La reforma también aclara qué se entiende por circunstancias extraordinarias —el resquicio que las compañías usan para librarse de pagar—, alineando el criterio con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE y cerrando así la puerta a denegaciones arbitrarias.

Un duro revés para las aerolíneas low cost y su lobby en Bruselas

El texto resultante supone un golpe directo a la estrategia que Ryanair y el resto de compañías de bajo coste han desplegado en Bruselas durante años, presionando para recortar derechos e indemnizaciones bajo la bandera de la libertad de elección y el pago por uso. La patronal ALA ha calificado la reforma de «poco ambiciosa» e incoherente, al considerar que obliga a incluir por defecto servicios —como el transporte en cabina de una maleta tipo trolley— que, según sus cálculos, cerca del 40% de los pasajeros no utiliza, lo que a su juicio generará un sobrecoste innecesario. La patronal lamenta también que el nuevo marco favorezca a los intermediarios especializados en gestionar reclamaciones, una crítica que suena más a defensa de modelo de negocio que a preocupación por el bolsillo del viajero.

La maleta de cabina, sin gratuidad pese a las sentencias judiciales

El punto más debatido de toda la negociación ha sido, sin duda, el equipaje de mano. Pese a que el Tribunal de Justicia de la UE ya había avalado el derecho a embarcar gratis con una maleta de cabina tipo trolley, y pese a que el Ministerio de Consumo español se apoyó precisamente en esa jurisprudencia para sancionar a cinco aerolíneas low cost, la reforma europea ha renunciado a reconocer expresamente esa gratuidad. Lo que sí logra es obligar a las compañías a mostrar desde el inicio del proceso de compra una tarifa básica que incluya ese equipaje, de forma que el precio final sea comparable entre aerolíneas y no aparezcan cargos sorpresa a mitad de la reserva. Las compañías podrán, eso sí, ofrecer descuentos a quienes decidan volar sin maleta de mano. El Ministerio de Consumo votó en contra del acuerdo precisamente por este motivo, considerando insuficiente una reforma que no consagra como gratuito un derecho que los tribunales españoles ya venían reconociendo.

Otras claves del acuerdo alcanzado

Más allá del equipaje y las compensaciones, el texto incorpora mejoras que durante años reclamaron las asociaciones de consumidores. Desaparecen las cláusulas de no-show, que impedían usar el vuelo de vuelta cuando no se había tomado el de ida. Los menores de 14 años podrán sentarse junto a sus padres sin coste adicional, igual que las personas dependientes junto a su acompañante, y quienes viajen con carrito de bebé podrán dejarlo en la puerta del avión y recuperarlo en el mismo lugar al aterrizar. Se elimina también el cobro por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto, así como las tasas por corregir errores ortográficos o por cambios administrativos de nombre. Cuando una aerolínea ofrezca un vale en lugar del reembolso, ese bono ya no podrá tener fecha de caducidad ni condiciones abusivas. Las compañías, además, deberán enviar por correo electrónico, en un plazo de 96 horas tras el final del viaje, toda la información necesaria para que el pasajero conozca sus derechos y pueda reclamar.

¿Cuándo entra en vigor la reforma?

La nueva normativa entrará en vigor doce meses después de su aprobación formal, un plazo que las aerolíneas utilizarán, previsiblemente, para adaptar sus tarifas y sus condiciones de venta sin perder ni un euro de margen por el camino. Las compensaciones, en cualquier caso, seguirán siendo las mismas: 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para trayectos intracomunitarios o de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y 600 euros para el resto de rutas, siempre a partir de tres horas de retraso. Una década de bloqueo para acabar, en lo esencial, donde ya estaban: los pasajeros conservan lo que tenían y ganan algo de transparencia, mientras el negocio de la maleta de mano sigue, por ahora, intacto.