Los bancos tendrán que pagar el impuesto de todas las hipotecas elevadas a escritura pública a partir del 10 de noviembre. El BOE ha publicado este viernes el Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, que modifica la ley del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Pero como ya avanzaban hace unas semanas sus más altos directivos, ya están estudiando cómo repercutir este coste a los usuarios, a pesar de lo que diga el Gobierno.

En su artículo único, la norma introduce modificaciones en la citada ley. Concretamente, modifica su artículo 29, que queda redactado así: «Será sujeto pasivo el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan. Cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, se considerará sujeto pasivo al prestamista«.

El cambio legal entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE e incluye una disposición derogatoria por la que «quedan derogadas cuantas disposiciones incluidas en normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto-ley».

Asimismo, el real decreto-ley introduce una modificación en el artículo 15 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, relativo a los «gastos no deducibles», para que los bancos no puedan deducirse el impuesto de las hipotecas.

Se introduce además un nuevo artículo en el apartado de exenciones, por el que no estarán sujetas al impuesto «las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria en las que el prestatario sea alguna de las personas o entidades siguientes:  el Estado y las Administraciones Públicas Territoriales e Institucionales y sus establecimientos de beneficiencia, cultura, Seguridad Social, docentes o de fines científicos.

Asimismo, están exentos los establecimientos o fundaciones benéficos o culturales, de Previsión Social, docentes o de fines científicos, de carácter particular, debidamente clasificados, siempre que los cargos de patronos o representantes legales de los mismos sean gratuitos y rindan cuentas a la Administración.