La asociación FACUA-Consumidores en Acción ha anunciado que pondrá en marcha un rastreo de las principales plataformas y portales inmobiliarios para comprobar si los anuncios de viviendas en alquiler se ajustan a las nuevas obligaciones de información y transparencia. La revisión coincide con la entrada en vigor, este 8 de octubre, del nuevo real decreto-ley de vivienda, que introduce cambios relevantes en la forma en que agencias, propietarios y portales deben presentar la oferta de alquiler.
¿Qué dice el decreto de vivienda de los anuncios inmobiliarios?
La norma de referencia es el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible. Su artículo 20 regula la publicidad, promoción y oferta de arrendamientos de vivienda y establece qué datos deben figurar como mínimo en cualquier anuncio.
En concreto, toda oferta o publicidad de alquiler deberá incluir el índice de referencia del precio del alquiler de vivienda y, cuando corresponda, la renta del último contrato de arrendamiento de vivienda habitual que haya estado vigente en los cinco años anteriores. Además, el anuncio tendrá que recoger el límite de renta aplicable en las zonas tensionadas y la condición de gran tenedor del arrendador, cuando sea el caso.
¿Qué es el índice de referencia del precio del alquiler?
El índice de referencia es un sistema estatal que ofrece, para cada vivienda en función de su ubicación y características, un rango orientativo de lo que se considera el precio de mercado del alquiler. Se elabora a partir de datos fiscales de contratos de arrendamiento y nació vinculado a la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda, como herramienta para fijar la contención de rentas en las zonas declaradas tensionadas.
Con el nuevo decreto, este indicador deja de ser una referencia de uso técnico y pasa a formar parte de la información visible que recibe el potencial inquilino. El objetivo declarado es que quien busca piso pueda comparar el precio ofertado con el valor que el sistema considera adecuado y comprobar si se está aplicando una subida respecto a los inquilinos anteriores.
La obligación que comporta el decreto ley
Uno de los aspectos más significativos de la norma es su alcance territorial. La información será obligatoria en los anuncios de vivienda de cualquier ciudad del país, con independencia de que el inmueble se encuentre o no en una zona declarada como tensionada. Es decir, la exigencia no se limita a los municipios con contención de rentas, sino que se extiende a todo el mercado del alquiler de vivienda.
Para las agencias inmobiliarias, esto supone revisar los anuncios activos y los que se publiquen a partir de ahora, así como recabar de los propietarios la información necesaria: la renta del contrato anterior, si existió en los últimos cinco años, y si el arrendador tiene la consideración de gran tenedor. Según FACUA, su revisión verificará que los datos se presenten de forma clara y accesible, incluyendo los criterios utilizados para determinar el precio, la renta previa o el índice aplicable.
Las denuncias ante Consumo y las CC.AA.
El rastreo de la asociación tiene como finalidad identificar anuncios que puedan estar incumpliendo las obligaciones legales. Aquellos que, a su juicio, vulneren la norma serán denunciados ante el Ministerio de Consumo y ante las autoridades autonómicas de Consumo de las distintas comunidades autónomas, para que sean investigados y, en su caso, se impongan las sanciones correspondientes.
Hay que tener en cuenta que la competencia sancionadora en materia de consumo recae mayoritariamente en las comunidades autónomas, por lo que la respuesta ante posibles incumplimientos podrá variar según el territorio. FACUA ha pedido expresamente a las administraciones autonómicas que asuman sus competencias y pongan en marcha sus propias acciones de rastreo y vigilancia.
Consumo controla a los portales y las buenas prácticas en las inmobiliarias
La iniciativa de FACUA se produce en un contexto de mayor actividad inspectora sobre el sector. El ministerio que dirige Pablo Bustinduy ha anunciado la apertura de un expediente sancionador a un gran portal inmobiliario por prácticas comerciales desleales. Ya en mayo había informado de otro expediente a una gran inmobiliaria por imponer cláusulas abusivas a los inquilinos.
La asociación de consumidores insta al ministerio a vigilar que los grandes portales cumplan con las nuevas exigencias de publicidad de pisos en alquiler. FACUA justifica esta petición en la situación del mercado, en el que, según la organización, los inquilinos afrontan precios que absorben un porcentaje muy elevado de sus salarios.
Cómo adaptar los anuncios a partir del 8 de octubre
Con la norma ya en vigor, las agencias que gestionan alquileres tienen ante sí una tarea eminentemente práctica: actualizar las fichas de los inmuebles para incorporar los nuevos campos obligatorios, comprobar que los portales en los que publican permiten mostrarlos correctamente y documentar el origen de cada dato, especialmente la renta del contrato anterior, que depende de la información aportada por el propietario.
También conviene revisar los procesos de captación, de forma que la recogida de estos datos forme parte del encargo desde el primer momento. Al tratarse de un real decreto-ley, la norma deberá ser convalidada por el Congreso en el plazo legalmente previsto, por lo que será necesario seguir su tramitación por si se introdujeran modificaciones. Mientras tanto, sus obligaciones son plenamente exigibles desde su entrada en vigor.