Al terrorífico susto de la subida del euríbor y, por lo tanto, de la cuota a pagar por la hipoteca en muchos hogares, hay que añadir el de la factura del gas para aquellos que no tuvieron la precaución de cambiarse a la factura TUR.
La subida está siendo descomunal y algunos usuarios que pagaban 100 euros en noviembre han multiplicado por 5 la factura de enero, llevándolo a cabo todas las comercializadoras. Y claro, los afectados protestan y llenan las redes sociales con pantallazos de las facturas. No es ninguna broma y se han visto facturas de 900 euros y también de más de 1600.
También es verdad que aún muchos consumidores, que no han tenido en cuenta las advertencias de las asociaciones de consumidores, como Facua, no han hecho el cambio y siguen en el mercado libre con lo que esto conlleva. De acuerdo con los últimos datos de la CNMC, a 31 de julio de 2022, el número de consumidores dentro de la TUR ascendía a 1,54 millones de clientes (el 19,6% del total), frente a los más de 6,3 millones del mercado libre que podrían optar a la TUR.
En todo caso es cierto, como aseguró la ministra Teresa Rivera el pasado mes de diciembre, que desde octubre pasado se está produciendo una huida masiva de clientes del mercado libre al regulado. Casi medio millón de hogares cambiaron su tarifa a la modalidad regulada en apenas tres meses. Y es que las cuentas salen a menos que se tenga un contrato antiguo aún vigente.
Para hacerse una idea, el precio del gas natural se situaba ayer en 0,0703 euros/kWh. Este dato se corresponde con el precio de la tarifa regulada frente a los 0,3 euros que llegaban a ofrecer algunas compañías en el mercado libre.
En la nueva revisión para este trimestre (enero, febrero y marzo), el precio del gas en la TUR1, la tarifa más barata del mercado, ha subido un 10,71% con respecto al precio medio del trimestre anterior, manteniéndose así el incremento por debajo del 15% fijado por decreto ley del Gobierno. El alza asciende al 11,27% en el caso de la TUR2, la modalidad preferente para consumos medios, que suelen incluir calefacción. Pese a estas subidas de precio del gas, el ascenso de la factura final se contiene por la rebaja del IVA del gas, del 21% al 5%, que entró en vigor el pasado 1 de octubre.
Además, la tarifa TUR de gas se caracteriza porque es única para todo el territorio nacional y está disponible para consumo de hasta 50.000 kWh al año (pero dependiendo de ese consumo, hay subniveles, TUR.1, TUR.2 y TUR.3). No hay permanencia y sólo la pueden ofrecer las comercializadoras de referencia españolas.
Esta Tarifa de Último Recurso (TUR) se puede contratar a través de las cuatro principales compañías energéticas de nuestro país, que han creado una empresa específica con un nombre diferenciador. Así que para saber si estás en la TUR o no, sólo hay que mirar el membrete de la carta que llega con el recibo.
Las tarifas reguladas TUR se contratan con cualquiera de las denominadas comercializadoras de referencia o de último recurso, que pertenecen a grupos empresariales que también poseen comercializadoras de mercado libre. En la tabla se indican los datos relativos a las tarifas TUR vigentes desde octubre de 2022.
COMERCIALIZADORAS DE ÚLTIMO RECURSO (TUR) | Teléfono | Online |
Baser Comercializadora de Referencia SA (EDP – TotalEnergies) | 900902947 | Web |
Energía XXI Comercializadora de Referencia SLU (Endesa) | 800760333 | Web |
Comercializadora Regulada, Gas & Power SA (Naturgy) | 900370800 | Web |
Curenergía Comercializador de Último Recurso SAU (Iberdrola) | 900200708 | Web |
El proceso de contratación es sencillo. Sólo hay que entrar en la web de cualquiera de estas compañías o llamar al teléfono y seguir los pasos. Se suele necesitar facilitar datos como el DNI, la dirección del domicilio o un método de pago. También se podría pedir el número CUPS o la copia de escritura de propiedad, el contrato de alquiler, o certificados de instalación de tu vivienda.
En cualquier caso, hay que tener en cuenta que el cambio a una tarifa TUR es totalmente gratuito, y una vez contratada el cambio no debería tardar más de 3 semanas en efectuarse. De lo contrario se pueden pedir indemnizaciones por el tiempo de más.