La Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA) ha presentado una denuncia formal ante la Comisión Europea contra el Gobierno de España por no haber traspuesto la directiva comunitaria que regula el régimen especial de exención del IVA para autónomos y pequeñas empresas, conocido como IVA franquiciado. Una omisión que, según la organización, perjudica gravemente la competitividad de los pequeños negocios, incrementa la carga administrativa y sitúa a los autónomos españoles en una posición de clara desventaja frente al resto de la Unión Europea.
Esta denuncia llega en un contexto económico especialmente delicado, marcado por el encarecimiento de la vivienda, la presión fiscal, el aumento de los costes empresariales y un consumo cada vez más contenido. Para ATA, la falta de aplicación de esta directiva supone otra traba más para la supervivencia de miles de autónomos, muchos de ellos vinculados directa o indirectamente al sector inmobiliario, la construcción, la rehabilitación y los servicios.
Los autónomos y pequeñas empresas con una facturación inferior a los 85.000 euros anuales estarían exentos de repercutir, liquidar y declarar el impuesto
La directiva europea permite que autónomos y pequeñas empresas con una facturación anual inferior a 85.000 euros puedan emitir facturas sin IVA, quedando exentos de repercutirlo, liquidarlo y declararlo trimestralmente. En la práctica, esto supondría una reducción significativa de las obligaciones fiscales y administrativas, especialmente relevante para pequeños negocios con márgenes muy ajustados.
ATA denuncia que el Ejecutivo español no ha traspuesto la Directiva (UE) 2020/285, que modificó la Directiva 2006/112/CE con el objetivo de modernizar y armonizar el sistema común del IVA en toda la Unión Europea. Esta normativa buscaba facilitar la actividad de los pequeños operadores económicos y reducir la burocracia, una reclamación histórica del colectivo autónomo.
Desde la organización recuerdan que España es actualmente una excepción dentro del marco comunitario, al no permitir este régimen de exención generalizado pese a estar contemplado en la legislación europea.
¿Qué plazos ha incumplido el Gobierno con la Directiva del IVA franquiciado?
Según detalla ATA en su denuncia, el Gobierno español ha incumplido dos plazos clave fijados por la normativa comunitaria.
Por un lado, el plazo de transposición, que obligaba a los Estados miembros a adoptar y publicar las disposiciones necesarias antes del 31 de diciembre de 2024.
Por otro, el plazo de aplicación, que establecía que las nuevas normas debían estar en vigor a partir del 1 de enero de 2025.
A día de hoy, no se ha aprobado ninguna modificación legislativa que incorpore este régimen a la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido. Para ATA, esta inacción genera inseguridad jurídica, vulnera principios básicos del Derecho de la Unión Europea y perjudica directamente la actividad económica de los autónomos.
El presidente nacional de ATA, Lorenzo Amor, ha sido especialmente contundente al señalar que esta situación “resta competitividad a nuestros negocios y supone una carga innecesaria que no soportan los autónomos del resto de Europa”.
Los autónomos españoles son los únicos en la Unión Europea que no se pueden acoger a este modelo si facturan menos de 85.000 euros
Uno de los argumentos centrales de la denuncia es que los autónomos españoles son los únicos de la UE que no pueden beneficiarse del IVA franquiciado pese a cumplir el umbral de facturación. ATA considera que esta diferencia supone una discriminación clara y una vulneración de los principios de competencia leal, proporcionalidad y libertad de establecimiento.
La organización también alerta de que la falta de un umbral de exención claro y de procedimientos adaptados obliga a muchos pequeños negocios a convivir con una presión fiscal y administrativa excesiva, especialmente en sectores de baja rentabilidad o muy expuestos a la estacionalidad.
En un escenario donde el acceso a la vivienda, el alquiler de locales, la financiación y el consumo ya condicionan la actividad económica, este sobrecoste fiscal se convierte en un obstáculo añadido para emprender o mantenerse en activo.
El Gobierno asegura que es “una opción” que el legislador español ha decidido no incorporar
Frente a la denuncia de ATA, el Gobierno ha defendido su postura señalando que la aplicación del IVA franquiciado es “una opción” contemplada por la directiva, pero no una obligación automática. Así lo expresó en una enmienda incluida en un proyecto de ley actualmente en tramitación parlamentaria, donde se justifica la decisión de no extender este régimen al conjunto de autónomos nacionales.
El Ejecutivo plantea limitar esta exención únicamente a profesionales que realicen operaciones intracomunitarias por debajo de determinados umbrales, dejando fuera a la mayoría de pequeños negocios que operan exclusivamente en el mercado interior.
Para ATA, esta interpretación vacía de contenido el espíritu de la directiva y mantiene a los autónomos españoles en una posición de clara desventaja frente a sus homólogos europeos. La asociación insiste en que no se trata solo de fiscalidad, sino de facilitar actividad económica, reducir trabas y favorecer un tejido productivo más sólido, algo especialmente necesario en un contexto marcado por la crisis de la vivienda, el encarecimiento de los costes y la incertidumbre económica.
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