La sanción impuesta a una agencia inmobiliaria sevillana por cobrar indebidamente una mensualidad al inquilino vuelve a poner en evidencia la falta de control y contundencia en la aplicación de la ley dentro del sector inmobiliario. Pese a que la infracción ha sido calificada como grave, la multa impuesta —tan solo 7.000 euros— resulta irrisoria frente a los beneficios obtenidos con esta práctica irregular. FACUA-Consumidores en Acción ha recurrido la resolución y exige una sanción ejemplarizante que disuada a las agencias de seguir cobrando honorarios ilegales.
La sanción, de 7.000 euros, ha sido recurrida por FACUA
Según la información publicada por la asociación, la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía ha sancionado a Estudio Inmobiliario Javier Ortiz, una agencia ubicada en el barrio sevillano de Los Remedios, tras comprobar que exigía a los inquilinos el pago de una mensualidad más el 21% de IVA como contraprestación por servicios de gestión y asesoramiento durante la vigencia del contrato. Se trata de una práctica expresamente prohibida desde la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, que establece que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato deben ser asumidos por el arrendador.
FACUA ha presentado un recurso para reclamar el incremento de la sanción y la aplicación del comiso del beneficio ilícito obtenido. La asociación considera que los 7.000 euros impuestos no solo son insuficientes, sino que contravienen el principio de proporcionalidad, ya que el beneficio económico derivado de esta práctica habría sido muy superior.
El cobro de gastos al inquilino supone una infracción «grave» de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
La autoridad andaluza ha tipificado la conducta como infracción grave, aunque ha optado por imponer la multa en el tramo más bajo. Según el artículo 72 de la Ley de Defensa de los Consumidores de Andalucía, la introducción de cláusulas abusivas puede sancionarse con hasta 60.000 euros. El hecho de que se haya impuesto una cantidad tan reducida evidencia una falta de firmeza sancionadora que, lejos de frenar las malas prácticas, las perpetúa.
FACUA subraya que este tipo de cobros no son errores puntuales, sino actuaciones deliberadas y sostenidas en el tiempo, presentes en numerosos contratos de alquiler y publicadas incluso en portales inmobiliarios. Por tanto, las sanciones deberían reflejar no solo la gravedad del hecho, sino también su carácter reiterado y el perjuicio causado a los consumidores.
Una práctica desleal con el resto de inmobiliarias que cumplen la Ley
La situación plantea otro problema añadido: la competencia desleal. Mientras la mayoría de las agencias asumen correctamente los gastos de gestión y formalización, otras continúan trasladándolos a los inquilinos, obteniendo así una ventaja económica indebida. Esta disparidad genera un desequilibrio en el mercado y perjudica a las empresas que sí cumplen la normativa.
El resultado es un entorno en el que el incumplimiento resulta rentable. Si las sanciones son mínimas, las agencias infractoras pueden seguir operando con total impunidad, calculando que el beneficio obtenido compensa con creces el riesgo de ser multadas.
Solo han trascendido tres multas en dos años
Desde la aprobación de la ley por el derecho a la vivienda, en mayo de 2023, apenas se han conocido tres sanciones en todo el territorio nacional. La impuesta a Estudio Inmobiliario Javier Ortiz sería la tercera, tras los 600 euros a Adamas Home y los 1.500 euros a IGG Inmobiliaria, ambas también en Andalucía. Ninguna otra comunidad autónoma ha comunicado hasta la fecha actuaciones similares, lo que refleja una grave falta de vigilancia y control en la aplicación de la normativa.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha recordado que el cobro de gastos de formalización del contrato, gestión inmobiliaria o cargos análogos constituye una infracción grave de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. La ley prevé multas que pueden oscilar entre 10.001 y 100.000 euros, e incluso alcanzar hasta seis veces el beneficio ilícito obtenido.
FACUA recurre la sanción
Ante la escasa contundencia de la resolución, FACUA ha presentado un recurso de alzada solicitando que se eleve la multa y se aplique el comiso del beneficio obtenido. La asociación argumenta que los artículos 77 y 79 de la ley permiten adoptar medidas más severas cuando concurren agravantes como la reiteración de la práctica, el lucro económico o el perjuicio causado a los consumidores. De acuerdo con la norma, el comiso podría alcanzar hasta diez veces la cantidad defraudada.
FACUA insiste en que mientras las sanciones no sean ejemplares, las irregularidades seguirán repitiéndose. Multas de 7.000 euros, frente a beneficios que pueden superar ampliamente esa cifra, solo consiguen normalizar la infracción y perpetuar la vulneración de derechos de los inquilinos.
Preguntas y respuestas frecuentes sobre el cobro a los inquilinos por parte de las inmobiliarias
¿Puede una agencia inmobiliaria cobrar al inquilino los gastos de gestión?
No. Desde la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato corren siempre a cargo del arrendador. Cualquier cláusula o cobro en sentido contrario es abusivo y puede denunciarse ante las autoridades de consumo.
¿Qué tipo de sanción puede imponerse a una agencia que incumpla la norma?
Depende de la gravedad y del beneficio obtenido. Las infracciones graves pueden sancionarse con hasta 60.000 euros, y si se aplica el comiso del beneficio ilícito, las cantidades pueden multiplicarse por seis o incluso por diez. Sin embargo, la falta de aplicación de estos mecanismos reduce su eficacia.
¿Qué puede hacer un inquilino si le cobran honorarios?
Debe conservar la documentación y denunciar. Se recomienda guardar todos los anuncios, correos y contratos que evidencien el cobro, y presentar una denuncia ante la oficina de consumo autonómica o ante organizaciones de defensa del consumidor como FACUA o la OCU. Estas entidades pueden acompañar al afectado en el proceso y exigir la devolución de las cantidades abonadas indebidamente.
No estar de acuerdo con la legislación no exime de su cumplimiento
La multa impuesta a Estudio Inmobiliario Javier Ortiz no es un hecho aislado, sino el reflejo de una carencia estructural en la supervisión y sanción del sector inmobiliario. Mientras las administraciones no actúen con mayor firmeza, las irregularidades seguirán siendo un negocio rentable para algunos y un perjuicio directo para miles de inquilinos y agencias inmobiliarias cumplidoras de la ley. La aplicación real y contundente de la ley es, hoy más que nunca, una necesidad urgente para restablecer la equidad en el mercado del alquiler en España.
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