Tras la sentencia publicada este martes por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)  los jueces españoles podrían archivar todos los procedimientos de ejecución hipotecaria que están en curso salvo en aquellos casos en que los usuarios pidan expresamente que sigan adelante.

La asociación de consumidores FACUA considera que la sentencia del TJUE puede favorecer a miles de familias si los jueces siguen uno de los criterios establecido en ella, el de mantener la vigencia de los contratos de préstamo hipotecario en caso de que declaren nula la cláusula de vencimiento anticipado por considerarla abusiva. En este sentido, el alto tribunal europeo plantea que si la citada cláusula no es esencial para el desarrollo del contrato, sólo debería continuarse con el procedimiento de ejecución hipotecaria si el consumidor lo solicitase por entender que ello favorecería sus intereses.

En este sentido, la asociación de consumidores defiende que la de vencimiento anticipado no es una cláusula esencial para el contrato, por lo que carece de sentido plantear que sin ella, el préstamo debería ser nulo.

La cláusula de vencimiento anticipado impuesta por la banca en los contratos hipotecarios faculta a la entidad a instar a la apertura de un procedimiento de ejecución hipotecaria en cuanto el usuario deje de pagar un reducidísimo número de cuotas. De ahí que numerosos jueces hayan considerado que se trata de una cláusula abusiva. Es importante tener en cuenta que la cuestión de prejudicialidad planteada al TJUE no solicitó que se pronunciase sobre la abusividad de la cláusula, sino sobre los efectos que puede tener que sea declarada abusiva -y por tanto nula- dado que existían discrepancias entre los jueces sobre si ello debe provocar o no el archivo del procedimiento de ejecución.