En estos días de vacaciones y vuelos en avión se hace muy necesario conocer nuestros derechos y estar atentos a cómo algunas compañías pretenden incrementar sus beneficios a costa de nuestros bolsillos. Y lo están haciendo, en muchos casos, con las tarifas de los equipajes, tanto los que viajan en la bodega del avión, como el equipaje de mano.

Cobrar un suplemento por el equipaje de mano

La Delegación en Cataluña de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado ante la Agencia Catalana de Consumo a estas seis compañías: AEGEAN AIRLINES, FINNAIR, NORWEGIAN AIR SHUTTLE, RYANNAIR, SINGAPORE AIRLINES y VUELING, por imponer a los viajeros que salen de los aeropuertos catalanes, el cobro de un suplemento por el equipaje de mano.

Este suplemento, cuyo importe se ha ido incrementando en los últimos meses, oscila entre los 5 y 40 euros por persona y trayecto según la compañía, y llega hasta alrededor los 75 euros que pueden cobrar actualmente.

El aumento de estas tarifas por equipaje de mano se asocia a la prestación de servicios adicionales (no solicitados) tales como cambios de vuelo, prioridad en el embarque o elección de asiento. Hasta el punto de modificar sus tarifas de forma que resulte más económico facturar el equipaje que poder llevar una maleta de mano a bordo.

El cobro por el equipaje de mano incumple la normativa

Este cargo adicional y la estrategia tarifaria implantada incumple la normativa en vigor aplicable, es contraria a las buenas prácticas y totalmente abusiva para los derechos de los pasajeros reconocidos en la Ley Navegación Aérea en su artículo 97, generando un grave desequilibrio de prestaciones entre el pasajero y la compañía, en perjuicio del consumidor.

Es más, existen sentencias contrarias a esta práctica, tanto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (18 septiembre de 2014), como de los Juzgados Mercantiles españoles. En ellas se establece la distinción clara entre el equipaje que viaja en bodega del avión, cuyo cobro es libre, y el equipaje “no facturado», como es el caso del equipaje de mano, un elemento indispensable del transporte aéreo que la compañía está obligada a trasladar sin poder exigir ningún tipo de sobrecoste. De hecho, no hay servicios asociados a este equipaje en tanto que es el propio usuario quien lo lleva consigo y lo custodia.

OCU Cataluña ha solicitado a la Agencia Catalana de Consum que inicie un procedimiento de inspección sobre estas compañías, respecto a este tipo de prácticas, y en su caso, proceda a imponer la sanción correspondiente.