La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de fecha 12 de diciembre de 2024, marca un punto de inflexión en la controversia sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). Este fallo, correspondiente al asunto C-300/23, refuerza la posibilidad de considerar abusivas las cláusulas que referencian préstamos hipotecarios al IRPH. Diversos juristas coinciden en que esta resolución podría abrir un nuevo capítulo judicial y legislativo en España.

La abogacía considera que se abre el camino a un cambio judicial

El decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), Jesús M. Sánchez, y el catedrático de Derecho Civil y exmagistrado del Tribunal Supremo, Francisco Javier Orduña, destacan que esta sentencia del TJUE pone de manifiesto la falta de transparencia en los préstamos referenciados al IRPH. Según Sánchez, la solución debe ser legislativa y no judicial, y recalca que “es imprescindible reformar la disposición decimoquinta de la Ley 14/2023 y sustituir el IRPH por el Euribor”.

Este fallo, que podría derivar en un nuevo “tsunami judicial”, afecta directamente a más de un millón de hipotecados en España, de los cuales 700.000 están en Cataluña. La falta de información clara y precisa sobre el funcionamiento del IRPH ha dejado a miles de afectados en una posición de desventaja frente a las entidades financieras.

La supresión del IRPH parece ineludible

Francisco Javier Orduña subraya que el IRPH no supera el control de transparencia porque las entidades financieras no explicaron sus características a los clientes. Este índice, a diferencia del Euribor, incluye gastos y comisiones bancarias, lo que lo convierte en una TAE encubierta. La falta de claridad en su cálculo y su aplicación sin elementos correctores ha generado una distorsión en el mercado hipotecario desde hace décadas.

El exmagistrado del Supremo enfatiza que, además de la eliminación del IRPH, es urgente implementar un mecanismo que agilice las reclamaciones de los afectados, evitando un colapso judicial. Este sistema extrajudicial podría facilitar acuerdos entre los hipotecados y las entidades financieras, estimándose que los bancos deberían devolver entre 8.000 y 12.000 millones de euros en intereses cobrados de más.

Hace ya tiempo que la abogacía pide un cambio de consideración en el IRPH

El debate sobre el IRPH no es nuevo. Ya en 2015, el Parlamento de Cataluña instó al Gobierno a negociar con las entidades financieras para sustituir el IRPH por el Euribor y devolver las cantidades cobradas indebidamente. Sin embargo, estas propuestas han sido ignoradas durante años.

En 2022, el ICAB presentó una propuesta legislativa para regular el IRPH y evitar el peregrinaje judicial de los afectados, pero tampoco fue atendida. Ahora, con la nueva sentencia del TJUE, el decano del ICAB afirma que no puede retrasarse más una reforma que proteja a los consumidores frente a las prácticas abusivas de las entidades bancarias.

Hasta 12.000 millones tendrán que devolver los bancos

El impacto económico de este fallo podría ser significativo. Según Orduña, los bancos deberán devolver una parte importante de los intereses cobrados a los afectados. Esto representa no solo un alivio económico para miles de familias, sino también una llamada de atención para que las entidades financieras adopten prácticas más transparentes en el futuro.

Jesús M. Sánchez añade que la propuesta de supresión del IRPH ya ha sido remitida a todos los grupos parlamentarios, esperando que se convierta en una prioridad legislativa. “Es necesario un cambio normativo que permita compensar a los afectados sin necesidad de judicializar el problema”, asegura el decano.

Ya es demasiado el tiempo en que sufren los hipotecados ante el empecinamiento del Tribunal Supremo

La posición del Tribunal Supremo frente al IRPH ha sido objeto de críticas durante años. Según los juristas consultados, el alto tribunal ha adoptado una postura pasiva que ha prolongado el sufrimiento de los hipotecados. La última sentencia del TJUE obliga al Supremo a adaptarse a los parámetros europeos, pero aún está por verse si lo hará de manera efectiva.

Orduña resalta que la sentencia del TJUE de diciembre de 2024 cita en 17 ocasiones el fallo de julio de 2023, consolidando un marco jurídico que no deja lugar a dudas sobre la abusividad del IRPH. “El Supremo no puede seguir de perfil. Después de Navidades deberá asumir la jurisprudencia del TJUE”, afirma.

La actuación del Banco de España ha sido irrelevante e interesada

La responsabilidad del Banco de España también ha sido cuestionada. Según los expertos, este organismo debió intervenir mucho antes para regular el IRPH y proteger a los consumidores. La Circular 5/1994 del Banco de España ya advertía que, sin elementos correctores, el IRPH podría distorsionar el mercado hipotecario. Sin embargo, esta advertencia no fue suficiente para evitar el uso generalizado de este índice.

Orduña considera que la inacción del Banco de España responde a intereses alineados con las entidades financieras, dejando a los consumidores en una posición desprotegida. Esto refuerza la necesidad de una reforma legislativa que elimine el IRPH y establezca mecanismos claros de compensación para los afectados.

La controversia entre el Supremo y el TJUE entra en su recta final

La reciente sentencia del TJUE sobre el IRPH marca un antes y un después en la lucha por los derechos de los hipotecados. La abogacía y los juristas coinciden en que la solución no puede esperar más. Es necesario que el Gobierno tome medidas legislativas urgentes para suprimir este índice y compensar a los afectados, evitando la judicialización masiva de estos casos.

El IRPH no solo ha sido un problema financiero, sino también un símbolo de la falta de transparencia y protección en el sistema hipotecario español. La reforma legislativa no solo hará justicia a quienes han sufrido sus efectos, sino que sentará un precedente para evitar abusos similares en el futuro.