La usura de los prestamistas en nuestro país no conoce límites y ya es hora de que la Justicia se los ponga, castigándoles donde más les duele, el bolsillo. Aunque una estancia en la picota tampoco estaría de más. Tras la actuación dela asociación de consumidores  FACUA, Cofidis ha tenido que reembolsar un total de 2.757 euros a una usuaria pertenecientes a los intereses que le aplicó por un crédito de tan sólo 1.000 euros. Se los estuvo cobrando durante veinte años.

María Dolores D.L., residente en Madrid, dispuso en el año 2000 de 1.000 euros mediante una tarjeta de crédito que contrató con la empresa Cuenta Ahora. Posteriormente, dicha empresa fue absorbida por Cofidis, quien se encargó desde ese momento de la gestión del crédito.

Desde la formalización del contrato hasta septiembre de 2018, la usuaria abonó todas las cuotas que le giró la financiera. En un momento dado, llegó incluso a pagar 3.000 euros para intentar saldar parcialmente el préstamo, sin que viese disminuir su deuda.

Debido a esta situación, María Dolores decidió acudir a FACUA Madrid para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación, al analizar el histórico de pagos, comprobó que los intereses aplicados eran excesivamente altos para un crédito personal, un CER del 22,95% y un TIN mensual del 1,74% (equivalente a un 20,88% anual), y muy superiores al interés normal del dinero para este tipo de contratos, por lo que la entidad podría estar incurriendo en usura.

En su escrito, la asociación recordó a Cofidis que el artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura recoge que «será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino«.

A su vez, FACUA Madrid también informó de que el Tribunal Supremo establece que, en caso de apreciarse usura en el tipo de interés del préstamo o crédito, la norma obliga claramente a la «nulidad radical, absoluta y originaria, que no admite convalidación confirmatoria, porque es fatalmente insubsanable, ni es susceptible de prescripción extintiva«.

La asociación, por tanto, instó a la entidad a que devolviera todas las cantidades que había cobrado de más a María Dolores por la aplicación de dichos intereses tan elevados y diera por finalizado el préstamo. La respuesta de Cofidis, como cabe esperar de quien hace de la usura su negocio y del abuso su norma, fue ridícula.  Tan sólo planteó como opción realizar una quita del 25% de la deuda por los intereses abonados. FACUA Madrid, sin embargo, le volvió a reclamar la devolución total de dichos intereses y la finalización del préstamo, ya que la usuaria había satisfecho con creces el crédito.

Así, la asociación indicaba que el artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura señala que «el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado«.

Finalmente,  Cofidis ha reintegrado los 2.757 euros a María Dolores y ha dado por finalizado el préstamo «para solventar la controversia existente en relación a los intereses aplicados«, según ha indicado en su escrito. Que lo tengan claro todos los usuarios afectados por estos usureros: existen leyes para reprimirlos y es preciso llevarles a los tribunales, perderán.