Que los bancos ya no son aquellas entidades financieras, casi instituciones, que de toda la vida nos prestaban un servicio cercano y relativamente amable, es algo que ya sabemos. Nos terminamos de dar cuenta del cambio en la pasada crisis financiera y todo lo que le siguió, cuando comprendimos que el director de la sucursal bancaria del barrio, esa de toda la vida, no era nuestro amigo y que una vez cruzábamos el dintel de la oficina tenemos que tener cuidado con los bolsillos, porque estamos rodeados de personajes con ganzúa y antifaz. Y, a pesar de su beneficios de récord, seguimos igual o peor, porque parece que tienen patente de corso para desvalijarnos a su conveniencia.
Expediente sancionador a entidades financieras
En todo caso, el Ministerio de Consumo ha incoado expediente sancionador a varias entidades que otorgan créditos al consumo incumpliendo los deberes legales mínimos de información a quienes los solicitan. Las infracciones consideradas muy graves serán multadas con hasta un millón de euros, según ha informado el Departamento que dirige Alberto Garzón, que precisa que alguno de estos expedientes se ha iniciado por traslado del Banco de España.
Tras la oportuna investigación, desde el Ministerio se advirtió que se están ofreciendo créditos al consumo en los que se observan «prácticas comerciales desleales, en algunos casos abusivas«. Según la investigación instruida, las personas consumidoras que buscan acceder a este tipo de préstamos suelen encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, por lo que la falta de transparencia en las condiciones o su imposición unilateral por parte de las entidades prestatarias agrava su situación.
La normativa básica en materia de consumo establece que las personas consumidoras vulnerables gozan de una «especial atención«. Por ello, Consumo podría llegar a sancionar las infracciones consideradas muy graves con multas de hasta un millón de euros. También para los bancos esta atención es especial y así es a los que más suelen sangrar, por ser los más necesitados de sus servicios.
Expedientes incoados por créditos al consumo
Ahora se abre un periodo para la instrucción del expediente definitivo y la consecuente resolución por parte de los órganos competentes del Ministerio de Consumo.A ver si en un determinado momento nos conseguimos enterar de cuáles son las entidades investigadas, supongo que cuando se proceda a multarlas, aunque nunca se sabe.
La falta de información y transparencia a la hora de conceder este tipo de créditos, así como la imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas, pueden constituir una infracción tipificada en el artículo 47.1. de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Asimismo, el Ministerio recuerda no es legal la introducción o existencia de cláusulas abusivas en los contratos, el envío o suministro (con pretensión de cobro) de bienes o servicios no solicitados o el uso de técnicas de comunicación que requieran el consentimiento expreso previo o la falta de oposición del consumidor, ya que «pueden tener graves consecuencias para este«. El intento de cobrar por servicios no solicitados es una práctica extendida para evitar determinadas regulaciones en costos establecidos que pretenden acabar con la debilidad de una de las partes.
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