La incógnita que tenía en vilo a un buen número de comunidades de vecinos se ha resuelto de la mejor forma posible. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado que las comunidades de vecinos, en la medida que están formadas básicamente por personas físicas, podrán seguir beneficiándose de la tarifa regulada de la luz (PVPC), al entender que facilita el acceso a tarifas con precios razonables y una mayor trasparencia en la contratación.

Las comunidades de vecinos podrán seguir contratando la tarifa PVPC

La normativa que regula la nueva tarifa regulada PVPC y que se pone en marcha el 1 de enero de 2024 limitaba el acceso a personas físicas y microempresas que tuvieran como hasta ahora menos de 10 kW de potencia contratada. Las comunidades de propietarios quedaban en un vacío legal que amenazaba con dejarlas fuera del acceso a esta tarifa regulada.

Lamentablemente, no se conocen cambios para la tarifa regulada del gas (TUR), que dejará de poder aplicarse en las comunidades de vecinos a partir del 1 de enero de 2024, en plena campaña de invierno. Una decisión que excluye de un importante ahorro a más de 5.000 comunidades de propietarios y sus correspondientes vecinos.

La TUR sigue siendo la tarifa más barata, más que cualquier otra del mercado libre, gracias en buena medida a las medidas del Gobierno para limitar los incrementos de precios. Y aunque estas medidas finalizan el 31 de diciembre, la tarifa regulada seguirá garantizando precios transparentes y ajustados, fácilmente comparables con el resto de las tarifas.

La tarifa TUR para el gas no está confirmada

La sociación de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda además que, salvo que el Gobierno acuerde ampliar el derecho a contratar la TUR más allá de este año, las comunidades deberán buscar activamente una tarifa libre, de lo contrario sufrirán un recargo del 20% en su factura sobre la tarifa que en cada caso se tome de referencia (mercado mayorista Mibgas para el suministro de gas).

Además, la comercializadora regulada solo tiene la obligación de mantener el contrato del suministro durante un mes, una vez que se ha perdido el derecho a la tarifa regulada. Una circunstancia que conviene recordar cuanto antes al Administrador de la finca.