Después de haber sido aprobada en el Congreso, la Ley de Vivienda seguía su tramitación en la cámara alta en donde ha sido aprobada sin ninguna enmienda; de esta forma se publicará en el BOE para entrar en vigor al día siguiente.

Esta nueva Ley de la Vivienda es la primera ley estatal que intenta regular el acceso a este bien de primera necesidad y que en los últimos años se está convirtiendo en un problema muy importante para millones de españoles.  El 27 de abril se aprobaba en el congreso el proyecto de ley presentado en Consejo de Ministros del 1 de febrero de 2022 y ahora acaba de completar su tramitación en el Senado.

Aspectos importantes de la Ley de Vivienda

Zonas tensionadas.

Se han modificado al alza las zonas tensionadas de forma que ahora cuentan con una mayor superficie. Cabe recordar que la declaración de estas zonas se deja en manos de las CC.AA. y se establecen 2 mecanismos para declararlas.

  • Si el precio de la vivienda ha aumentado más de 3 puntos porcentuales por encima del IPC.
  • Coste de hipoteca o alquiler más gastos sea superior al 30% de la renta media de la zona.

El IPC dejará de ser el índice de referencia.

Se mantiene el tope del 2% a los contratos de alquiler vigentes que será hasta final de año y subirá al 3% en 2024. A partir de 2025 se establecerá un nuevo índice sustituirá al IPC. Si la vivienda se pone en alquiler por primera vez a partir de 2024 el precio del alquiler lo fijará un índice que determinará cada CC.AA.

El gran tenedor será a partir de 5 viviendas en propiedad

Esto implica que los límites de los alquileres de los grandes tenedores se regirán por el índice de precios que marque las CC.AA. siempre que estas 5 propiedades se encuentren en una zona tensionada.

Prórrogas en los procedimientos de desahucio

La nueva ley aprobada incluye unas nuevas prórrogas en los procedimientos de lanzamiento, que aplazarán los procesos más de 2 años, debiendo buscarse una vivienda alternativa para poder fectuarse el desahucio a personas vulnerables.

Penalización a la vivienda vacía

Los ayuntamientos podrán aumentar el IBI hasta un 50% en las viviendas que hayan permanecido vacías durante 4 años, sin causa justificada siempre que el propietario tenga un mínimo de 4 viviendas en la misma zona.

Los honorarios de las agencias inmobiliarias serán a cargo del propietario

A partir del día siguiente de su publicación en el BOE la ley contempla, al igual que toda la normativa europea que los honorarios de las agencias inmobiliarias intermediarias en la operación sean a cuenta de quién las contrata, es decir, el propietario del inmueble. Tampoco se podrán cargar otros gastos.

Beneficios fiscales para los propietarios

1. Reducción del 90%: reducción del precio de un 5%, en zona de mercado tensionado

Si bien el nuevo porcentaje de partida es menor que con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley (50% frente a 60%), el porcentaje de reducción en el IRPF  se incrementa hasta el 90% si se firma un nuevo contrato en una zona de mercado tensionado, aplicando una reducción del precio de al menos el 5% sobre el contrato anterior. Esta reducción del 5% requerida, será la resultante una vez aplicada la cláusula de actualización anual del contrato anterior.

2. Reducción del 70%: en caso de arrendar a jóvenes entre 18 y 35 años

La reducción en IRPF será del 70% cuando sean viviendas que se incorporan por primera vez al mercado en una zona tensionada, y se alquile a jóvenes de entre 18 y 35 años. En caso de que haya varios arrendatarios de una misma vivienda, esta reducción se aplicará sobre la parte del rendimiento neto proporcional que corresponda a los arrendatarios que cumplan los requisitos previstos.

Se aplica también ese 70% de reducción en el caso de viviendas asequibles incentivadas o protegidas, arrendadas a la administración pública, entidades del tercer sector, de la economía social sin fines de lucro o que esté acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta del arrendamiento.

3. Reducción del 60% cuando se hayan hecho obras de rehabilitación

Se aplicará una reducción será del 60% (sobre los rendimientos netos positivos derivados del arrendamiento) cuando se hayan hecho obras de rehabilitación en los dos años anteriores y no se cumplan las condiciones mencionadas anteriormente para acceder a una mayor reducción.