Para situar el entorno legal del problema generado en muchos lugares de la costa española, hay que decir que el pasado 3 de agosto de 2022 entró en vigor el Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre (“Real Decreto 668/2022”). Y en la exposición de motivos se asegura que las modificaciones introducidas tienen el objeto principal de anticiparse y mitigar los efectos de la subida del nivel medio del mar y del incremento de los eventos extremos anunciados por los expertos en cambio climático.
Los deslindes y apeos en el centro de la polémica
A partir de ese momento comenzaron los sustos, los disgustos y las movilizaciones, porque el Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico que dirige la ministra en funciones Teresa Ribera, comenzó a aplicar los cambios normativos y a delimitar el Dominio Público Marítimo Terrestre, la Servidumbre de Tránsito y la Servidumbre de Protección, aplicando los deslindes y los apeos correspondientes.
El dominio público marítimo-terrestre es un terreno de dominio público, integrado por bienes que gozan de un carácter inalienable, imprescriptible e inembargable. Como parece lógico su límite se determinará por el alcance de las olas en los mayores temporales y este ya es el primer punto de discordia.
A continuación, encontramos la conocida como Servidumbre de Tránsito, una franja de seis metros medidos desde la línea interior de la ribera del mar que forma parte de la Servidumbre de Protección, si bien cuenta con unas limitaciones más estrictas. En esta zona no está autorizada la construcción de ninguna instalación, y deberá dejarse permanente expedita para el uso público peatonal y para los vehículos de vigilancia y salvamento.
La Servidumbre de Protección es una zona de 100 metros, medida tierra a dentro desde el límite interior de la ribera del mar. En esta zona existe propiedad privada, pero se limitan las instalaciones y obras permitidas. Aquí surge otro punto de discordia ya que muchos afectados estiman que las mediciones se deben realizar con las playas regeneradas y antes de que los temporales del invierno y la dinámica costera se las coma.
Finalmente, la Zona de Influencia, cuya anchura es de 500 metros a partir de la ribera del mar, y donde deberá observarse las edificaciones propuestas por el instrumento de planeamiento urbanístico, evitando la formación de pantallas arquitectónicas o acumulación de volúmenes extraordinarios, lo que sucede de forma habitual.
La medición de estas franjas de terreno, los deslindes y los apeos, están afectando a centenares de miles de personas con intereses inmobiliarios o de actividades económicas en todas estas zonas. No olvidemos que España tiene una longitud total de su línea costera de 7.880 kilómetros incluyendo Baleares y Canarias.
La modificación del año 2013 empeoró la situación general
Este nuevo Reglamento de la Ley de Costas modifica el que realizó el ministro Cañete en 2013, que rebajó la protección que hasta entonces había gozado la costa –que tampoco era ningún modelo a seguir- para favorecer las actividades económicas, disminuyendo la protección de los 100 a los 20 metros de la marea más alta. Con ello se permitió la regularización -el indulto lo llamaron luego- de 12.800 viviendas edificadas en el dominio público, consideradas ilegales por la anterior legislación y condenadas a la piqueta. Además 140.000 viviendas podrían acogerse a la amnistía de obras.
La reforma de Cañete, con la justificación de proporcionar una mayor utilización de la costa y resarcir a un buen número de propietarios, que tras los deslindes realizados habían descubierto que su propiedad estaba levantada en dominio público y no tenían, por tanto, derecho a indemnización, desprotegió de manera sospechosa, grandes espacios para “personas agraciadas”. Eliminó así, el principio de igualdad en la utilización del litoral, que había sido bandera hasta el momento, excluyendo de esa propiedad pública 12 núcleos urbanos y casi todo el litoral de Formentera.
Siete años después del indulto de Cañete, el 21 de enero de 2020, llegó la borrasca Gloria. La subida del nivel del mar por la baja de presión, unida a los vientos de fuerza 9 en la escala de Beaufort, formaron un cóctel explosivo, con olas de casi 9 metros de media mantenida, que se llevaron por delante amplios trozos de costa. Demostrando de paso, que los 100 metros que habría que haber respetado son la mínima seguridad aceptable. Puertos, paseos marítimos, playas, chiringuitos…todo fue engullido por un mar empeñado en recobrar lo suyo, y que volverá a intentarlo, con la ayuda energética de un cambio climático que aumentará en fuerza y frecuencia los temporales y gotas frías.
La modificación de Cañete, cesión a actividades económicas y turísticas, lograda por la presión de municipios, promotores y constructores, ya se ha demostrado que fue un error. La ampliación de la concesión a casas e instalaciones – el indulto de la piqueta- situadas en el dominio marítimo no tuvo en cuenta al cambio climático y al mar, del que serán víctimas propiciatorias cada vez con más frecuencia.
La modificación del Reglamento contempla otros usos y cambios
Además de los discutidos deslindes, la modificación del Reglamento de la Ley de Costas aclara determinados conceptos que habían quedado un tanto difusos. Uno de ellos es el plazo máximo de duración de las concesiones para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre que, en ningún caso podrá excederse de 75 años computados desde su otorgamiento e incluyendo todas sus prórrogas.
Tanto en los tramos naturales como en los tramos urbanos de las playas, se introduce la obligación de que los establecimientos expendedores de comidas y bebidas, los famosos chiringuitos, tengan únicamente una planta y no se permite que los mismos puedan disponer de sótano. A su vez, en los tramos urbanos de las playas, se elimina la posibilidad de que este tipo de establecimientos se ubiquen en instalaciones fijas.
También, tras las diferencias establecidas por Cañete, se suprime la distinción existente entre determinados tipos de dunas y a los efectos de la determinación de la zona marítimo-terrestre se considera que todas las dunas, salvo las que hayan quedado aisladas tierra adentro, son necesarias para garantizar la estabilidad de las playas y la defensa de la costa.
Además de las limitaciones en los chiringuitos, son las que afectan a las viviendas edificadas en tramos afectados, tanto por la servidumbre de tránsito, que deberán ser derribadas, como en los tramos de servidumbre de protección, las que están provocando mayores protestas e incluso el nacimiento de una organización, Somos Mediterrania, conformada actualmente por 46 asociaciones de afectados.
Muchas zonas y centenares de miles de personas afectadas
Los propietarios de viviendas ubicadas en estas zonas de primera línea de playa, afectadas por los deslindes, sufrirán limitaciones que no les permitirán ampliar el volumen, altura ni la superficie de la edificación existente. Sí podrán llevar a cabo trabajos de reparación o consolidación, pero la Ley no nombra en ningún momento las obras estructurales.
Denia, zonas de Canarias, Galicia, Platja d’Aro y muchos otros puntos costeros, están en pie de guerra contra la administración central, estando relativamente amparados por sus respectivas comunidades autónomas que aprovechan la situación para intentar tomar el control de sus costas.
En el caso de Galicia, la discusión ha llegado al Constitucional, que ha dejado en suspenso dos artículos de la ley de acompañamiento a los presupuestos de la comunidad autónoma del presente año. El tribunal de garantías ha atendido la reclamación presentada por el Gobierno central al entender que esos dos artículos suponen una vulneración de las competencias estatales en materia de gestión del espacio marítimo terrestre. No va a ser el único procedimiento. El Constitucional tiene pendiente abordar otro recurso sobre la misma materia, presentado por el Gobierno contra la Lei do Litoral de Galicia, por motivos similares.
Entendiendo perfectamente el enfado y el sentir de los afectados, pero ante la situación no cabe intentar hacer trampas en las mediciones ni pedir medidas utópicas como la recuperación de los sedimentos depositados en los embalses, que debieran haber ido a parar al mar.
La especulación en la primera línea tiene sus consecuencias
Las zonas de inundación marítima, donde el mar se desborda hacia tierra firme, representan uno de los mayores peligros para las viviendas en la costa. Los efectos combinados de la subida del nivel del mar, las mareas y los temporales pueden causar daños graves en estas áreas. La construcción de urbanizaciones a pie de playa y la falta de medidas de adaptación aumentan el riesgo para las viviendas y sus habitantes. Un 13,1% de la costa española está urbanizada frente al 2% del interior del territorio nacional. Esta urbanización exponencial y desbocada ha degradado el 80% de los recursos ambientales de la costa y la ha convertido en vulnerable.
Muchas de las Zonas de Flujo Preferente se encuentran en esas “primera líneas” tan solicitadas y vendidas. Aquí el problema inmobiliario con las zonas inundables es mucho más visible, pero la especulación y la inacción de las administraciones cercanas para tomar unas medidas impopulares son el problema cotidiano; nadie quiere ir en contra de la riqueza que representan el turismo y la construcción, por no entrar en cuestiones más sucias pero reales.
Es preciso entender que la administración central no busca el perjuicio de nadie y si velar por la propiedad común y la seguridad de vidas y bienes. La urbanización intensiva en la costa ha llevado al asfaltado y el encementado de áreas que antes eran zonas de amortiguación de los efectos del mar. Además, la construcción de escolleras y obstáculos para mitigar la erosión costera y crear playas artificiales pueden tener un impacto negativo al aumentar la vulnerabilidad de las viviendas ante el embate del mar, que tiende a recuperar su espacio natural.
Los esfuerzos de regeneración de las playas que emprenden los ayuntamientos costeros cuando llega la temporada turística, resultarán cada vez más baldíos al llegar el invierno y los dragados suelen tener efectos contraproducentes. El flujo que deben tener las arenas en la costa y todo, también la seguridad, no pueden quedar supeditados a tener esos metros de más de arena de playa para el verano, pero claro, hay mucho dinero y puestos de trabajo en juego.
La defensa del bien común y las vidas frente a la presión económica
Es hora de ir pensando en cambiar de actitud y buscar soluciones naturales y sostenibles, cuyos efectos son a más largo plazo: reforestación, restauración de las zonas inundables, limpieza de cauces, retrasar la primera línea, eliminación de dragados, escolleras y espigones para lograr una mejor circulación del natural flujo de arena, incorporación de sistemas dunares y de marismas donde las hubo…La defensa del litoral no es fácil, ni se puede lograr de la noche a la mañana, tampoco podemos proteger todo el litoral con muros, diques, esclusas y compuertas, pagados con dinero público para beneficiar el negocio privado, pero nuestra principal actividad económica está ligada a este litoral mediterráneo y esa es una realidad que hay que tener en cuenta.
En su momento Gloria batió todos los récords de anteriores temporales en altura de olas, precipitaciones de agua y nieve, mareas, vientos…También dejó ocho víctimas mortales y cuatro desaparecidos. Las DANAS que éste año se han sufrido en el Mediterráneo oriental, Grecia, Turquía, Bulgaria, Libia…han batido también todos los récords, arrasando con bienes y vidas. Otro año nos puede tocar a nosotros, con fenómenos meteorológicos que los superarán y hay que prepararse. Ya se comienza a hablar de deconstrucción y retirada.

Eduardo Lizarraga
WWW.AQUIMICASA.NET
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