La problemática de la okupación en España ha generado un intenso debate en los últimos años, dado el impacto que tiene en propietarios y en la seguridad jurídica del sector inmobiliario. Recientemente, el Congreso de los Diputados aprobó una enmienda clave que promete agilizar los procedimientos judiciales en casos de okupación. Sin embargo, ¿es esta la solución definitiva o simplemente un paliativo?
El procedimiento abreviado puede ser la solución
Con la reforma del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los casos de usurpación y allanamiento de morada se tramitarán bajo el procedimiento abreviado. Este cambio permitirá que los juicios rápidos, hasta ahora reservados para delitos menores como hurtos, robos o infracciones de tráfico, se apliquen también a los okupas.
¿Cómo funciona el procedimiento abreviado?
- Detención y plazo inicial: Tras identificar al infractor, la policía judicial dispone de 72 horas para elaborar un informe detallado y remitirlo al juez.
- Inicio de diligencias: El juez decide si procede iniciar diligencias urgentes y, tras escuchar a las partes y a la Fiscalía, establece si se celebra un juicio oral.
- Juicio rápido: En caso afirmativo, el juicio debe tener lugar en un plazo máximo de 15 días, con la resolución del caso en los tres días siguientes.
Este esquema busca aliviar la saturación de los juzgados y proporcionar a los propietarios una respuesta más ágil. Sin embargo, la medida no está exenta de limitaciones y críticas.
El procedimiento no contempla todos los casos
Aunque esta modificación legal es un avance, no cubre todas las situaciones problemáticas relacionadas con la okupación. Casos como los «inquiokupas» —inquilinos que se aprovechan de los vacíos legales para ocupar una vivienda sin pagar— quedan fuera del alcance de este procedimiento.
Los inquiokupas no cometen delitos tipificados como allanamiento o usurpación, por lo que su resolución depende de procedimientos civiles que pueden alargarse hasta dos años. Esto deja a muchos propietarios en una posición vulnerable, prolongando el impacto de la okupación en sus viviendas.
Además, la aplicación de los juicios rápidos podría sobrecargar aún más los juzgados si no se implementan recursos adicionales para gestionar este aumento en el volumen de casos.
Alternativas propuestas
Organismos como la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) proponen medidas complementarias para combatir eficazmente la okupación, como:
- La creación de un registro público de contratos de arrendamiento que permita a las fuerzas de seguridad desalojar a okupas sin intervención judicial cuando no exista un contrato válido.
- La introducción de sanciones administrativas que complementen el sistema judicial y eviten el colapso de los tribunales.
El error de Bildu tiene difícil solución
Un aspecto polémico de la aprobación de esta enmienda fue el error de votación de Bildu, que respaldó accidentalmente la reforma. La portavoz del partido, Mertxe Aizpurua, reconoció el fallo y expresó su intención de corregirlo. No obstante, el texto aprobado ya está en camino al Senado, donde la mayoría del PP dificulta cualquier modificación.
Un cambio con luces y sombras
Si bien la medida fue celebrada por algunos sectores como un paso en la dirección correcta, otros la consideran insuficiente. Por ejemplo, expertos señalan que, aunque la normativa permite resolver casos de allanamiento en un plazo inferior a un mes, no aborda el problema de fondo: la falta de soluciones estructurales para situaciones complejas, como viviendas ocupadas por familias en riesgo de exclusión.
Comprar tiempo, pero no resolver el problema
La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal refleja una voluntad política de abordar el problema de la okupación, pero sus limitaciones evidencian la necesidad de un enfoque más integral.
- Ventajas: Mayor celeridad en casos de okupación flagrante, protección jurídica para propietarios y alivio de la saturación judicial.
- Desventajas: Exclusión de casos civiles complejos como los inquiokupas, riesgo de colapso judicial y falta de recursos específicos para aplicar la normativa.
En resumen, los juicios rápidos para okupas representan un avance importante, pero no son una solución definitiva. Sin reformas complementarias que aborden la okupación desde una perspectiva más amplia, esta medida corre el riesgo de quedarse corta ante la magnitud del problema.
La lucha contra la okupación en España debe ir más allá de los cambios legales y contemplar soluciones que combinen la agilidad judicial con medidas preventivas y de apoyo social. Solo así se podrá garantizar una convivencia equilibrada entre el derecho a la propiedad privada y las necesidades habitacionales de los más vulnerables.
Existe el problema tan importante o más de los impagos por alquiler”normal”. Los desalojos tendrían que ser EXPREX . Mientras no se afronte esto y no se hagan viviendas sociales el mundo inmobiliario continuará inestable, inseguro y cada vez peor