Las tarjetas revolving están en el objetivo de las asociaciones de consumidores, tanto por la trampa financiera que suponen para sus usuarios como por la abusividad y falta de transpareencia de sus cláusulas. Y la tarjeta revolving, Carrefour Pass ya ha sido demanda más de una vez. En este caso, los Servicios Jurídicos de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en Sevilla han obtenido una relevante sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Lora del Río, anulando los intereses de una tarjeta revolving Carrefour Pass por considerarlos abusivos por falta de transparencia, tal y como pedía el demandante.

La sentencia condena a Carrefour a devolver 8.200 euros al usuario

Como consecuencia de la sentencia anterior, se condena a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas a la parte actora en aplicación de esa cláusula de intereses. Es decir, S.F. Carrefour ha tenido que reintegrar todo lo abonado en concepto de intereses por el prestatario a lo largo de la vida de la tarjeta, durante 21 años, hasta alcanzar la cifra de 8.200 euros.

Para fundamentar esta decisión la sentencia considera que el modo de redacción de la cláusula en la que se alude a los intereses remuneratorios hace realmente complejo entender las consecuencias jurídicas y económicas del mismo por parte de un consumidor medio. Es lo habitual cuando se quiere enredar al consumidor…¡Oscurezcámoslo, oscurezcámoslo!

De este modo, el juez considera que las condiciones generales de ese contrato de adhesión, no permiten conocer la carga económica que supone para un consumidor medio la utilización de la modalidad revolving, ni llegar a saber, de forma clara, precisa y concreta, qué cantidad pueden reflejar los intereses remuneratorios cuando se utiliza la tarjeta con dicho sistema revolving. Esto supone que la cláusula no supera el control de incorporación, ni el segundo control de transparencia, siendo nula de pleno derecho, y debiendo tenerse por no puesta.

Las tarjetas revolving se pueden convertir en un grave problema financiero

En tal sentido, hay que recordar que las tarjetas revolving incorporan un sistema de capitalización de intereses que puede llevar a un efecto “bola de nieve” que hace que su amortización se eternice para el prestatario e incurra en pesadas cargas financieras.

La consecuencia de esa nulidad es la obligación de Servicios Financieros Carrefour de devolver al demandante las cantidades que, en su caso, hubiere percibido en aplicación de la antedicha cláusula, lo que ha supuesto la anulación de la deuda pendiente y la devolución de una cantidad superior a los 8.200 euros.

Como no es el único caso y sabiendo ya que los tribunales están dando la razón a los afectados, OCU anima a los usuarios perjudicados por este tipo de tarjetas revolving,afectadas de falta de transparencia, a demandar para la defensa de sus derechos e intereses.