La nueva Ley de Arrendamientos ya está en marcha, tras ser aprobada la semana pasada en el Congreso de los Diputados. Su objetivo principal es otorgar  mayor seguridad jurídica a los propietarios para que pueda incrementarse el número  de viviendas que salen al mercado del alquiler y desciendan los precios , siendo, por lo tanto, asequibles a un mayor número de españoles.

 

Los principales cambios que establece frente a la situación anterior son los siguientes:

 

. Se reducen las duraciones de las prórrogas obligatorias de  alquiler. Pasando  de 5 a 3 años, mientras que la  prórroga tácita automática será únicamente de 1 año frente a los 3 años de  duración anterior.

 

. El propietario podrá recuperar con más facilidad su vivienda.  Si es para vivienda habitual propia, para familiares de primer grado o  cónyuges (en supuesto de separación, divorcio o nulidad matrimonial), y aunque  no se pactara en el contrato, bastará con dos meses  de  preaviso.

 

. Desahucio  más rápido si no se paga la renta. El  inquilino tendrá diez días para pagar la deuda pendiente.

 

 . El inquilino también podrá desistir antes que termine el contrato.  El arrendatario, si ya han pasado seis meses desde su llegada, y quiere  abandonar la vivienda, podrá hacerlo sin tener que pagar indemnización, con la  única condición de 30 días de preaviso.

 

. La actualización de la renta ya no se realizará necesariamente con el IPC.  La inflación no será necesariamente la guía para actualizar la renta , se podrá pactar un índice distinto entre ambas partes.