La nueva Ley de Arrendamientos ya está en marcha, tras ser aprobada la semana pasada en el Congreso de los Diputados. Su objetivo principal es otorgar mayor seguridad jurídica a los propietarios para que pueda incrementarse el número de viviendas que salen al mercado del alquiler y desciendan los precios , siendo, por lo tanto, asequibles a un mayor número de españoles.
Los principales cambios que establece frente a la situación anterior son los siguientes:
. Se reducen las duraciones de las prórrogas obligatorias de alquiler. Pasando de 5 a 3 años, mientras que la prórroga tácita automática será únicamente de 1 año frente a los 3 años de duración anterior.
. El propietario podrá recuperar con más facilidad su vivienda. Si es para vivienda habitual propia, para familiares de primer grado o cónyuges (en supuesto de separación, divorcio o nulidad matrimonial), y aunque no se pactara en el contrato, bastará con dos meses de preaviso.
. Desahucio más rápido si no se paga la renta. El inquilino tendrá diez días para pagar la deuda pendiente.
. El inquilino también podrá desistir antes que termine el contrato. El arrendatario, si ya han pasado seis meses desde su llegada, y quiere abandonar la vivienda, podrá hacerlo sin tener que pagar indemnización, con la única condición de 30 días de preaviso.
. La actualización de la renta ya no se realizará necesariamente con el IPC. La inflación no será necesariamente la guía para actualizar la renta , se podrá pactar un índice distinto entre ambas partes.
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