La banca española vive del abuso y por el abuso; y la Justicia no es capaz, a pesar de las sentencias en su contra, de imponer al estado que legisle por los consumidores y no en su contra. A finales del 2015 el Tribunal Supremo consideró que son nulas las cláusulas que imponen al consumidor todos los gastos de formalización y constitución de hipotecas  para la vivienda (Notaría y Registro) y el pago de los tributos que le corresponden al banco. Estamos hablando de una media de gasto que supera los 3.000 euros. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado la situación.

Este abuso bancario en la compra de una vivienda es uno más de la larga lista que ha gravado nuestras compras convirtiéndolas en casi imposibles de asumir y ha elevado el precio de la vivienda en España a cotas inauditas. Todo ello con la complicidad de los políticos que llevan más de un siglo legislando por y para los bancos.

Gracias a la hipoteca, el banco posee una garantía real y preferente que, en caso de impago, le permite promover la venta de la vivienda para satisfacer la deuda pendiente. La constitución de la hipoteca a favor del banco se realiza ante notario, se inscribe en el registro de la propiedad y está sujeta al pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Es el banco el mayor beneficiado de la formalización de la hipoteca, aunque sea el consumidor quien en la práctica paga todos los gastos.

A modo de ejemplo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados ascendería a 2.550 euros para una hipoteca de 150.000 euros, con una responsabilidad hipotecaria de 255.000 euros y un tipo impositivo del 1% (en la actualidad oscila entre el 0,5% y el 1,5%, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde radique el inmueble). A este impuesto, habría que añadir alrededor de 425 euros de gastos de notario y 125 de Registrado de la Propiedad. En total unos 3.100 euros que finalmente paga el consumidor por la abusiva imposición de los bancos.

Tal y como afirma el Tribunal Supremo, son nulas las cláusulas que “imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en determinados hechos imponibles del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados”. Esta sentencia afecta de forma directa al Banco Popular y BBVA, pero el mismo criterio se puede aplicar a todas las hipotecas, pues es en la práctica casi la totalidad de hipotecas tienen una cláusula con efectos similares.

popularbbva-logo

 

OCU denuncia que, a pesar del carácter abusivo de esta cláusula y de la misma forma que sucede con las cláusulas suelo, el consumidor afectado tiene que pedir al banco la devolución de estas cantidades. Si este se niega, no queda más remedio que acudir a la vía judicial para exigir el reintegro de las cantidades cobradas de forma abusiva por parte de las entidades financieras.

Por todo ello, OCU ha iniciado una campaña para facilitar a los consumidores esta tarea. En primer lugar, ha puesto a disposición de todos los consumidores una calculadora para que puedan conocer de manera aproximada la cantidad cobrada de más por su banco. Además, OCU pone a disposición de los consumidores un teléfono 900 902 494 para ayudarles a reclamar la devolución de las cantidades que los bancos han cobrado de forma abusiva.

Por último, OCU quiere denunciar que, una vez más, ante los abusos de la banca, los consumidores deben recurrir en última instancia a los tribunales, a pesar de la rotundidad de las sentencias que declaran abusivo su comportamiento. Así mismo, OCU pide que el Gobierno y el Banco de España pongan en marcha mecanismos más ágiles que hagan que los consumidores no tengan que recurrir de forma individual a los tribunales para recuperar el dinero que han pagado de más por sus hipotecas.