El Tribunal Supremo ha confirmado la posibilidad de desahucio por impago de la tasa de basuras. La sentencia confirma que la tasa de basuras es un concepto asimilado a la renta de alquiler y por lo tanto su impago puede suponer la resolución del contrato y el desalojo del inquilino. Al menos en el caso de los arrendamientos de renta antigua, es decir, los regidos por la Ley de 1964.

La sentencia del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por la inquilina de un piso de renta antigua de Granollers (Barcelona) y confirma lo dictado en su día por la Audiencia Provincial de Barcelona. El contrato había sido firmado estando vigente la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 y la Audiencia, que en su día declaró resuelto el contrato de arrendamiento, condenó a la inquilina a desalojar la vivienda y a pagar a la dueña del piso la cantidad que le debía en concepto de tasa de basura. La mujer ahora desahuciada había pagado todas las tasas desde 1963 salvo la de basuras de 2011.

Con esta sentencia el Supremo considera que el importe de la tasa de basuras es una cantidad asimilada a la renta del piso, de modo que su impago constituya causa suficiente para la resolución del contrato de arrendamiento conforme al artículo 114 de la citada Ley de 1964. El artículo dice que el contrato de arrendamiento podrá resolverse a instancia del arrendador por la falta de pago de la renta o de las cantidades que a ésta se asimilan.

Hasta ahora la asimilación o no de esta tasa de basuras al alquiler dependía de la ciudad y del juez que tratara el caso. Juzgados de Murcia o Castellón entendían que la tasa de basuras debía ser asimilada –y por lo tanto su impago devenir en desahucio–. En cambio, otros jueces en Málaga o Madrid habían considerado que la tasa de basuras no podía ser asimilada –descartando así un posible desalojo de la vivienda–.

El Supremo recuerda que existen cantidades asimiladas a la renta cuyo pago ha de asumir el inquilino por mandato legal, empleando una fórmula abierta que ha de ser completada con las que en cada momento establezca la legislación aplicable. El objetivo es el de proteger al propietario frente a los incumplimientos del arrendatario respecto de obligaciones de inexcusable cumplimiento. La Ley Reguladora de las Haciendas locales establece que el sujeto pasivo de la tasa de basuras lo es la persona física o jurídica que resulte beneficiada por el referido servicio.