El largo camino del IRPH debiera terminar esta semana
El TJUE ha señalado con claridad que no basta con que la definición del IRPH apareciera en el BOE. Había que explicar al consumidor cómo funcionaba el índice, qué consecuencias tenía frente a otros y si el banco incluía —como advertía la propia Circular 5/94 del Banco de España— un diferencial negativo que compensara su carácter encarecedor. Nada de eso ocurrió.